Febrero 2012

REFORMA DEL SISTEMA FINANCIERO EN ESPAÑA: IMPACTO EN EL SECTOR INMOBILIARIO


 1. contexto

  • A 30 de junio de 2011, las entidades financieras españolas tenían en propiedad activos inmobiliarios problemáticos (ligados al crédito promotor) que ascendían a 88.000 millones de euros (suelo y promoción en curso) y a 87.000 millones de euros (promoción terminada y viviendas adjudicadas).
  • El Gobierno considera que la incertidumbre sobre la valoración de estos activos dificulta el acceso de las entidades de crédito a los mercados de financiación mayorista y, en consecuencia, entiende que es clave que las valoraciones de los activos bancarios estén en línea con sus valores de mercado.

 2. NUEVOS REQUISITOS: SANEAMIENTO ADICIONAL DE 50.000 MILLONES DE EUROS.

  • El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 2/2012, de saneamiento del sector financiero (publicado en el B.O.E. el 4 de febrero de 2012), mediante el que se impone a las entidades la obligación de realizar un saneamiento adicional por un total de 50.000 millones de euros.
  • Esta obligación afecta a la financiación y a los inmuebles (adjudicados a la banca mediante ejecución hipotecaria o daciones en pago) relacionados con la promoción inmobiliaria.
  • Activos problemáticos: se establece una provisión específica por un valor aproximado de 25.000 millones de euros. Además, se exige un colchón de capital (con cargo a beneficios no distribuidos, ampliación de capital o conversión de productos híbridos) del 20% (para suelos) y del 15% (para promociones en curso).
  • Activos no problemáticos: Se fija una provisión genérica del 7% (con cargo a resultados) para los activos no problemáticos ligados a la promoción inmobiliaria. Su importe estimado es de 10.000 millones de euros.
  • El plazo para ejecutar dichas medidas expira el 31 de diciembre de 2012. Las entidades involucradas en procesos de fusión desde el 1 de septiembre de 2011 gozan de una prórroga de 12 meses.
  • Cobertura de las exposiciones: mediante la ejecución de estas medidas, la cobertura de las exposiciones a activos problemáticos pasará del 31% al 80% (suelo), del 27% al 65% (promociones en curso), y del 25 al 35% (promociones terminadas y viviendas).
  • Situaciones de deterioro en los fondos propios: A efectos de cómputo de pérdidas que pudiese implicar la reducción obligatoria del capital de las sociedades españolas, las pérdidas por deterioro derivadas del inmovilizado material, las inversiones inmobiliarias y las existencias no computarán durante el ejercicio 2012 (dado que los efectos del Real Decreto-ley 10/2008, de 12 de diciembre, han sido prorrogados hasta 2012).

 3. IMPACTO EN EL SECTOR INMOBILIARIO

  • Mediante la adopción de estas medidas, las entidades financieras realizarán un saneamiento sustancial (de 50.000 millones de euros) en un tiempo record (antes del 31 de diciembre de 2012), que se suma al que han realizado entre 2008 y junio de 2011 (de alrededor de 66.000 millones de euros).
  • Desde la perspectiva inmobiliaria, estas medidas supondrán un incentivo significativo para que las entidades financieras pongan en el mercado sus activos inmobiliarios.
  • Además, las entidades financieras inmersas en procesos de fusión estarán obligadas a desinvertir en activos inmobiliarios en un período máximo de 3 años tras la fusión, de conformidad con un proyecto de desinversión que deberá incluirse en la solicitud de autorización de la fusión (y deberá presentarse antes del 31 de mayo de 2012).

6 de febrero de 2012

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