PRINCIPALES
NOVEDADES INTRODUCIDAS POR LA CIRCULAR 2/2013, DE 9 DE MAYO, DE LA
COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, SOBRE EL DOCUMENTO CON LOS
DATOS FUNDAMENTALES PARA EL INVERSOR Y EL FOLLETO DE LAS INSTITUCIONES
DE INVERSIÓN COLECTIVA.
Dentro del proceso de adaptación de nuestra normativa a la Directiva
2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009
(“Directiva UCITS IV”) la
Comisión del Mercado de Valores (“CNMV”)
ha publicado una nueva circular, la Circular 2/2013, de 9 de mayo, de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre el documento con los
datos fundamentales para el inversor y el folleto de las instituciones
de inversión colectiva (“Circular
2/2013”),
cuyas principales novedades analizamos en esta comunicación.
La Circular 2/2013 persigue un triple objetivo: en primer lugar,
regular el documento con los datos fundamentales para el inversor (“DFI”),
estableciendo aquellas especialidades que resulten necesarias para las
IIC inmobiliarias y las de inversión libre; por otra parte, establecer
los modelos del documento para el DFI y del folleto de las IIC;
finalmente, adecuar la normativa española a las recientes modificaciones
legislativas relativas, entre otras, a los nuevos supuestos que otorgan
derecho de separación a los partícipes, y las recomendaciones de ESMA
referidas a la finalización de los acuerdos de préstamos de valores y de
adquisición temporal de activos.
Respecto del DFI (también conocido como KIID), siguiendo las pautas
marcadas por la normativa comunitaria, se ha hecho extensiva la
exigencia del DFI a las IIC que no tengan la consideración de UCITS (IIC
no armonizadas), pues no parece razonable la convivencia de dos
documentos de comercialización distintos para las IIC en función de que
sean o no UCITS, a pesar de que la citada Directiva solo resulta de
aplicación a las IIC armonizadas.
Sin embargo, al extender la exigencia de este documento a la
totalidad de las IIC, establece para cierto tipo de IIC no armonizadas
(en particular, IIC inmobiliarias y de inversión libre), determinadas
excepciones así como realizar ciertos ajustes respecto del contenido y
forma de dicho documento, con el fin de adecuarlo a las características
propias de este tipo de IIC.
En todos estos casos la presentación del DFI y del folleto de las IIC
para su registro y, en el caso de los fondos de inversión, también para
su verificación previa, así como sus actualizaciones sucesivas, deberá
realizarse por vía telemática a través de CIFRADOC.
Por otra parte, la Circular establece distintos supuestos en que los
partícipes disponen del derecho de información individualizada en
aquellas modificaciones que estime que revistan especial relevancia.
En cuanto al derecho de separación de los participes, cuando la
actualización del DFI y/o del folleto sea consecuencia de alguna de las
modificaciones que la Circular considera como esenciales los participes
podrán optar, durante el plazo de 30 días naturales por el reembolso o
traspaso de sus participaciones, total o parcial, sin deducción de
comisión de reembolso ni gasto alguno, por el valor liquidativo que
corresponda a la fecha del último día de los 30 días naturales del plazo
de información.
La Circular 2/2013 entró en vigor el pasado 25 de mayo y deroga
expresamente la anterior Circular 3/2006 sobre folletos explicativos de
las IIC y se establece una norma transitoria para la aplicación de la
Circular, con una serie de plazos específicos.
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