Mayo 2013

Derecho Mercantil


 PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR LA CIRCULAR 2/2013, DE 9 DE MAYO, DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, SOBRE EL DOCUMENTO CON LOS DATOS FUNDAMENTALES PARA EL INVERSOR Y EL FOLLETO DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA.

Dentro del proceso de adaptación de nuestra normativa a la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009 (“Directiva UCITS IV”) la Comisión del Mercado de Valores (“CNMV”) ha publicado una nueva circular, la Circular 2/2013, de 9 de mayo, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre el documento con los datos fundamentales para el inversor y el folleto de las instituciones de inversión colectiva (“Circular 2/2013”), cuyas principales novedades analizamos en esta comunicación.

La Circular 2/2013 persigue un triple objetivo: en primer lugar, regular el documento con los datos fundamentales para el inversor (“DFI”), estableciendo aquellas especialidades que resulten necesarias para las IIC inmobiliarias y las de inversión libre; por otra parte, establecer los modelos del documento para el DFI y del folleto de las IIC; finalmente, adecuar la normativa española a las recientes modificaciones legislativas relativas, entre otras, a los nuevos supuestos que otorgan derecho de separación a los partícipes, y las recomendaciones de ESMA referidas a la finalización de los acuerdos de préstamos de valores y de adquisición temporal de activos.

Respecto del DFI (también conocido como KIID), siguiendo las pautas marcadas por la normativa comunitaria, se ha hecho extensiva la exigencia del DFI a las IIC que no tengan la consideración de UCITS (IIC no armonizadas), pues no parece razonable la convivencia de dos documentos de comercialización distintos para las IIC en función de que sean o no UCITS, a pesar de que la citada Directiva solo resulta de aplicación a las IIC armonizadas.

Sin embargo, al extender la exigencia de este documento a la totalidad de las IIC, establece para cierto tipo de IIC no armonizadas (en particular, IIC inmobiliarias y de inversión libre), determinadas excepciones así como realizar ciertos ajustes respecto del contenido y forma de dicho documento, con el fin de adecuarlo a las características propias de este tipo de IIC.

En todos estos casos la presentación del DFI y del folleto de las IIC para su registro y, en el caso de los fondos de inversión, también para su verificación previa, así como sus actualizaciones sucesivas, deberá realizarse por vía telemática a través de CIFRADOC.

Por otra parte, la Circular establece distintos supuestos en que los partícipes disponen del derecho de información individualizada en aquellas modificaciones que estime que revistan especial relevancia.

En cuanto al derecho de separación de los participes, cuando la actualización del DFI y/o del folleto sea consecuencia de alguna de las modificaciones que la Circular considera como esenciales los participes podrán optar, durante el plazo de 30 días naturales por el reembolso o traspaso de sus participaciones, total o parcial, sin deducción de comisión de reembolso ni gasto alguno, por el valor liquidativo que corresponda a la fecha del último día de los 30 días naturales del plazo de información.

La Circular 2/2013 entró en vigor el pasado 25 de mayo y deroga expresamente la anterior Circular 3/2006 sobre folletos explicativos de las IIC y se establece una norma transitoria para la aplicación de la Circular, con una serie de plazos específicos.

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La información contenida en esta Circular es de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico