SEDE CENTRAL
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Plaza de Rodrigo Uría
28002 Madrid . España.
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Convenio entre el Reino de España y la República de Cabo Verde para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Madrid el 5 de junio de 2017.
BOE 315/2020, publicado el 2 de diciembre.
Real Decreto 1049/2020, de 1 de diciembre. Modifica los apartados 2 y 3 del artículo 6 del Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, aprobado por el Real Decreto 1004/2015.
BOE 315/2020, publicado el 2 de diciembre.
Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre. Crea treinta y tres unidades judiciales COVID-19 correspondientes a la programación de 2020. Modifica los anexos III, V, VI, IX, y XII de la Ley 38/1988 de Demarcación y de Planta Judicial.
BOE 315/2020, publicado el 2 de diciembre.
Orden TMA/1134/2020, de 30 de noviembre. Modifica los plazos para solicitar y formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado establecidos en la Orden TMA/378/2020, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
BOE 315/2020, publicado el 2 de diciembre.
Resolución de 26 de noviembre de 2020. Establece el plazo especial para el ajuste de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden ISM/1099/2020, por la que se fijan para el ejercicio 2020 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
BOE 314/2020, publicado el 1 de diciembre.
Orden TED/1126/2020, de 20 de noviembre. Modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, para el desarrollo del listado de especies silvestres en régimen de protección especial y del catálogo español de especies amenazadas, y el anexo del Real Decreto 630/2013, por el que se regula el catálogo español de especies exóticas invasoras.
BOE 314/2020, publicado el 1 de diciembre.
Orden INT/1119/2020, de 27 de noviembre. Prorroga la Orden INT/657/2020, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
BOE 312/2020, publicado el 28 de noviembre.
Orden SND/1121/2020, de 27 de noviembre. Procede a la actualización en 2020 del sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud.
BOE 312/2020, publicado el 28 de noviembre.
Resolución de 6 de noviembre de 2020. Emite un método alternativo de cumplimiento de conformidad con lo establecido en el ARO.GEN.120 del Reglamento (UE) n.º 965/2012, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos en relación con las operaciones aéreas, para la reducción de la antelación mínima requerida en la publicación de la programación de actividades de las tripulaciones, en relación con la situación creada por la crisis global del COVID-19.
BOE 311/2020, publicado el 27 de noviembre.
Orden TES/1109/2020, de 25 de noviembre. Modifica el segundo párrafo del artículo 21.1 y la letra a) del apartado 2 del anexo II. Añade las disposiciones adicionales séptima y octava, todo ello de la Orden TMS/368/2019, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
BOE 311/2020, publicado el 27 de noviembre.
Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de septiembre de 2020. Anula el artículo 2, apartado 22 del Real Decreto 70/2019, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional de Transporte por Carretera, que da nueva redacción al artículo 44 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, en el primer párrafo de su segundo apartado.
BOE 311/2020, publicado el 27 de noviembre.
Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de octubre de 2020. Anula el artículo 98 del Real Decreto 70/2019, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera.
BOE 311/2020, publicado el 27 de noviembre.
Resolución de 17 de noviembre de 2020. Determina el listado anual de operadores al por mayor de productos petrolíferos con una cuota superior al porcentaje establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 8/2015.
BOE 311/2020, publicado el 27 de noviembre.
Orden de 24 de noviembre de 2020. Eleva el importe de los recursos económicos destinados al programa de ayudas Bideratu COVID-19. Modifica el artículo segundo, párrafo 1 de la Orden por la que se regula el Programa Bideratu COVID-19 que establece ayudas destinadas a la reestructuración y relanzamiento de empresas en crisis como consecuencia del impacto económico del COVID-19.
BOPV 237/2020, publicado el 27 de noviembre.
Real Decreto 957/2020, de 3 de noviembre. Establece las condiciones para la evaluación, realización y seguimiento de los estudios observacionales con medicamentos de uso
humano que se realicen en España.
Modifica el párrafo b) del apartado 4 del artículo 20 y los apartados 1, 2 y 3 del artículo 28 bis del estatuto de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, aprobado por Real Decreto 1275/2011, por el que se crea la Agencia estatal Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y se aprueba su estatuto y los párrafos h) y k) del apartado 1 del artículo 2, el apartado 2 del artículo 12, el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 15, el párrafo b) del apartado 2 del artículo 47 y el apartado 6 del artículo 48 del Real Decreto 1090/2015, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos.
Añade dos párrafos, k) y l) del apartado 2 del artículo 17, un párrafo c) en el apartado 4 del artículo 18, un párrafo d) en el apartado 5 del artículo 19 y el artículo 28 ter del Real Decreto 1275/2011, ya mencionado.
Suprime el párrafo f) del apartado 2 del artículo 17 y se reordenan alfabéticamente los párrafos restantes y el artículo 23 del Real Decreto 1275/2011 y el párrafo c) del apartado 2 del artículo 47 del Real Decreto 1090/2015.
Deroga los artículos 2.16, 2.18, y el capítulo VI del Real Decreto 577/2013, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano y la Orden SAS/3470/2009, por la que se publican las directrices sobre estudios posautorización de tipo observacional para medicamentos de uso humano.
BOE 310/2020, publicado el 26 de noviembre.
Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre. Aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos.
Modifica el artículo 236-k. Añade un nuevo artículo 236-p, todo ello del Reglamento Hipotecario aprobado por el Decreto de 14 de febrero de 1947.
Deroga:
1. El Real Decreto 161/1997, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos.
2. La disposición adicional sexta del Real Decreto 878/2015, sobre compensación, liquidación y registro de valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta, sobre el régimen jurídico de los depositarios centrales de valores y de las entidades de contrapartida central y sobre requisitos de transparencia de los emisores de valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial.
3. La Orden de 9 de enero de 1970 sobre reorganización y mecanización de los servicios de la Caja General de Depósitos.
4. La Orden de 7 de enero de 2000 por la que se desarrolla el Real Decreto 161/1997, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos.
BOE 310/2020, publicado el 26 de noviembre.
Resolución de 25 de noviembre de 2020. Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2020, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial (ICO) y se permite a la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., Sociedad Anónima (CERSA) ampliar el plazo de solicitud de avales hasta el 1 de junio de 2021 y extender el vencimiento de los avales ya liberados.
BOE 310/2020, publicado el 26 de noviembre.
Resolución de 25 de noviembre de 2020. Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones de los nuevos tramos de la línea de avales aprobada por Real Decreto-ley 25/2020, para financiación concedida a empresas en convenio y a aquellas que, sin estarlo, estaban en proceso de renovación de su programa de pagarés en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) a 23 de abril de 2021.
BOE 310/2020, publicado el 26 de noviembre.
Orden ISM/1099/2020, de 23 de noviembre. Fija para el ejercicio 2020 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
BOE 310/2020, publicado el 26 de noviembre.
Recurso de inconstitucionalidad n.º 4911-2020. Admite a trámite el recurso promovido contra la reforma del Reglamento de la Junta General del Principado de Asturias de 18 de junio de 1997, aprobada por el Pleno de la Cámara con fecha 1 de julio de 2020.
BOE 310/2020, publicado el 26 de noviembre.
Recurso de inconstitucionalidad n.º 5178-2020. Admite a trámite el recurso promovido contra los artículos 2.2, 15, 27, 28, 29, 36, 37, 38, 39, 40, 44, 50, 51, 52, 53, 54, 81 apdo. 2, letras d), e), f), g), h), i), j), k), l), n), ñ) y o); apdo. 3, letras a), b), d), e), f), g), h), i), j), m), n), ñ), p), q), r) y s); apdo. 4, letras a), b), c), d) y e), 83 apartados 1, 2, 3, 4 y 5, disposiciones transitorias tercera y cuarta y anexo I de la Ley 3/2020 de Recuperación y Protección del Mar Menor, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
BOE 310/2020, publicado el 26 de noviembre.
Recurso de inconstitucionalidad n.º 5342-2020. Admite a trámite el recurso promovido contra los artículos 2.2 y 2.3; 5; 6; 7; 8; 9; 10 y 14 del Real Decreto 926/2020, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2; artículos 2, 4 y 5 de la Resolución de 29 de octubre de 2020, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020 y artículo 2, disposición transitoria única y disposición final primera, apdos. uno, dos y tres del Real Decreto 956/2020, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020.
BOE 310/2020, publicado el 26 de noviembre.
Orden HAC/1097/2020, de 24 de noviembre. Determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos previstos en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.
BOE 309/2020, publicado el 25 de noviembre.
Resolución de 5 de noviembre de 2020. Se discute si una vez presentada telemáticamente una escritura notarial, y calificada negativamente, es necesario para poder dar entrada a cualquier documento subsanatorio, en este caso una diligencia notarial, que se vuelva a acompañar la escritura ya presentada. La Registradora alega en su informe que calificada negativamente una escritura presentada telemáticamente, su entrada se cierra de forma automática al ser notificado el defecto, ya que la aplicación del programa de gestión integral para los Registradores Mercantiles, desarrollado por el Departamento de Sistemas de Información del Colegio de Registradores así lo establece; por lo que para poder proceder a su inscripción, una vez subsanado el defecto, es necesario que vuelva a tener entrada en el Registro dicha escritura.
La DGSJFP estima el recurso al entender que la introducción de las nuevas tecnologías no conlleva una modificación de los principios rectores del procedimiento registral, sino solo una mejora en cuanto a la agilidad del mismo, y el tratamiento es el mismo se presente la copia de la escritura notarial físicamente en formato papel, o se presente la copia en formato electrónico y de manera telemática. Así la regulación del RRM, como la del RH (aplicable por remisión del art. 80 RRM), no distingue entre ambas. Indica la DGSJFP que en este caso concreto no consta que el documento presentado telemáticamente haya sido retirado del Registro, posibilidad que también reconoce la RDGRN de 30 de octubre de 2010, por lo que no es necesario que el mismo se vuelva a enviar y en su caso, y conforme al art. 39.1 del RRM la aportación de la diligencia subsanatoria se hará constar por nota al margen del asiento de presentación. La posible configuración informática del libro de entrada, que es un libro auxiliar, no puede prevalecer sobre la regulación legal del Diario de Presentación.
BOE 309/2020, publicado el 25 de noviembre.
Resolución de 12 de noviembre de 2020. Se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de acuerdo social por el que se modifica la estructura del órgano de administración que pasa a ser de dos administradores mancomunados a un administrador único. El Registrador señala como defecto, que la sociedad no ha depositado las cuentas anuales de los ejercicios 2016, 2017 y 2018, por lo que se encuentra en situación de cierre registral, también manifiesta que en caso de fallecimiento de uno de los administradores mancomunados, el administrador que permanezca en el ejercicio del cargo podrá convocar la junta general únicamente con el objeto de designar un nuevo administrador, conforme al artículo 171 de la LSC.
Respecto de la convocatoria de junta realizada por un administrador mancomunado habiendo fallecido el otro, la DGSJFP establece que ha matizado su doctrina para el caso en que la convocatoria tenga como finalidad tan sólo cambiar el órgano de administración a un sistema de administrador único sin modificación de estatutos, pues lo que se pretende es no suplir la vacante del administrador fallecido, manifestado en sus Resoluciones de 22 de octubre de 2020 lo siguiente «…el cambio de sistema de administración sí puede aprobarse en una junta que el administrador mancomunado que queda puede convocar con ese objeto (párrafo segundo, de la LSC). Continúa afirmando la DGSJFP que esto es lo que ocurre en el supuesto de hecho de este expediente, donde sí ha habido adecuada información a los socios, a través de la fijación del asunto del cambio de la estructura del órgano de administración en el orden del día. Que cualquiera de los administradores que permanezcan en el ejercicio del cargo puedan convocar la junta general para el nombramiento de administradores, incluso sin figurar en el orden del día, con ese único objeto (con la finalidad de evitar la paralización de la compañía), de manera que una vez cubierta la vacante del administrador fallecido puedan ya convocar conforme a las reglas generales un orden del día más amplio, no debe impedir que, cumpliendo los requisitos generales de convocatoria y respetando el derecho información a través de la fijación del orden del día, pueda adoptarse el cambio de estructura del órgano de administración a favor del sistema de administrador único, cuando lo que se pretende es precisamente no suplir la vacante.
Respecto del cierre del Registro Mercantil por falta de depósito de las cuentas anuales, la DGSJFP concluye que el cierre registral impide la inscripción del nombramiento de administrador en su nueva condición de administrador único.
La DGSJFP ha acordado desestimar el recurso y confirmar la nota de calificación.
BOE 309/2020, publicado el 25 de noviembre.
Resolución de 15 de octubre de 2020. Ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 31/2020, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la educación no universitaria.
BOE 308/2020, publicado el 24 de noviembre.
Resolución de 19 de noviembre de 2020. Ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 32/2020, por el que se aprueban medidas sociales complementarias para la protección por desempleo y de apoyo al sector cultural.
BOE 308/2020, publicado el 24 de noviembre.
Resolución de 19 de noviembre de 2020. Ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 33/2020, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo a entidades del tercer sector de acción social de ámbito estatal.
BOE 308/2020, publicado el 24 de noviembre.
Orden HAC/1089/2020, de 27 de octubre. Modifica el apartado 2 del artículo 3 y el anexo I. Añade un párrafo al artículo 4, todo ello de la Orden HFP/417/2017, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, y se modifica otra normativa tributaria.
BOE 308/2020, publicado el 24 de noviembre.
Orden TMA/1090/2020, de 19 de noviembre. Modifica temporalmente las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018, por el que se declaran obligaciones de servicio público en la ruta aérea Menorca-Madrid.
BOE 308/2020, publicado el 24 de noviembre.
Resolución de 30 de octubre de 2020. Se debate en el presente recurso la eficacia que puede tener una sentencia firme por la que se ordena la cancelación, por nulidad, de los acuerdos sociales adoptados en determinada junta general de una sociedad mercantil y todos los asientos e inscripciones posteriores contradictorias. El Registrador tan sólo practica la cancelación de los acuerdos sociales anulados adoptados en la junta general, relativos al cese y nombramiento de administradores mancomunados y cambio de la estructura del órgano de administración, con nombramiento de nuevo administrador solidario, sin argumentar en la nota de calificación las razones de no cancelar los asientos posteriores contradictorios, tal como se ordena en la ejecutoria. Por su parte el recurrente entiende que deben cancelarse los asientos 4.ª a 12.º, que son posteriores y contradictorios con el acuerdo social anulado, y a los que se refiere la anotación preventiva ya practicada con anterioridad en el Registro Mercantil en el trámite de ejecución provisional.
La DGSJFP indica que en el supuesto de hecho de este expediente hay que tener en cuenta que ya en trámites de ejecución provisional de sentencia en el mismo procedimiento, se había tomado anotación preventiva de cancelación del acuerdo social impugnado y de los que han motivado las inscripciones posteriores, sobre las inscripciones 4.ª a 12.º, inclusive, así como del depósito de las cuentas anuales correspondientes. Continúa afirmando que no se puede desconocer la eficacia de esta anotación preventiva en relación a los asientos a que expresamente se refiere, pues el mandamiento ordenando la inscripción de la sentencia una vez firme se presenta durante su vigencia. Los asientos del registro están bajo la salvaguarda de los tribunales y producen sus efectos mientras no se inscriba la declaración judicial de su inexactitud o nulidad (cfr. artículo 1 de la Ley Hipotecaria y 7 del Reglamento del Registro Mercantil). La DGSJFP concluye afirmando que al haberse anotado preventivamente, en ejecución provisional, la sentencia de nulidad, ordenando la cancelación de asientos posteriores, sobre las inscripciones 4.º a la 12.ª, debe ahora operar la eficacia cancelatoria de la sentencia una vez firme, mientras no se declare judicialmente la inexactitud o nulidad de la anotación preventiva.
En consecuencia, la DGSJFP ha acordado la estimación del recurso y la revocación de la nota de calificación.
BOE 307/2020, publicado el 23 de noviembre.
Orden DSA/1082/2020, de 13 de noviembre. Crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y regula su composición, funciones y su régimen de funcionamiento.
Queda sin efecto la Orden SSI/1870/2015, por la que se crea y regula el funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en relación a la participación en sus órganos y obligaciones de unidades dependientes del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
BOE 307/2020, publicado el 23 de noviembre.
Resolución de 11 de noviembre de 2020. Aprueba un nuevo modelo de impreso de solicitud de prestaciones de garantía salarial, establecidas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Deroga la Resolución de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial de 7 de abril de 2017 y anexo I de la misma.
BOE 307/2020, publicado el 23 de noviembre.
Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de junio de 2020. Declara nulo de pleno derecho el artículo 12, párrafo primero, parágrafo b) y el anexo I del Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto 1492/2011.
BOE 306/2020, publicado el 21 de noviembre.
Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de julio de 2020. Declara nulos los apartados 4b.9 y 10; 5b.2, 6b-24, 25 y 26 del Real Decreto 210/2018 por el que se aprueba el Programa de prevención y gestión de residuos y recursos de Cataluña «PRECAT20».
BOE 306/2020, publicado el 21 de noviembre.
Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de julio de 2020. Declara nulo de pleno derecho el artículo 6.3.º5.ª a) y b) del Real Decreto 210/2018 por el que se aprueba el Programa de prevención y gestión de residuos y recursos de Cataluña «PRECAT20» y los objetivos vinculados a dicho precepto, en concreto los señalados en la norma 14, apartados 6b-1 a 6 y 23 del PRECAT20.
BOE 306/2020, publicado el 21 de noviembre.
Auto del Tribunal Supremo de 14 de octubre de 2020. Acuerda que no ha lugar a la aclaración y complemento de la sentencia 1122/2020, de 27 de julio, y rectifica el error material manifiesto en el fallo de la sentencia solicitada por la Generalidad de Cataluña, en el sentido de sustituir en el mismo la expresión «apartados 6b-1 a 6 y 23 del PRECAT20» por «apartados 6b-1 a 5 y 23 del PRECAT20».
BOE 306/2020, publicado el 21 de noviembre.
Sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de octubre de 2020. Declara inconstitucional y nulo el artículo 40 (calificación de las infracciones) de la Ley Foral 7/2006 de Defensa de los Consumidores y Usuarios en su redacción original.
BOE 305/2020, publicado el 20 de noviembre.
Sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de octubre de 2020. Declara la inconstitucionalidad y nulidad del último párrafo del art. 238 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la redacción dada por la Ley 13/2009, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, en el que se establece que «[c]ontra el decreto del Secretario Judicial que resuelva el recurso de reposición no cabrá interponer recurso alguno».
BOE 305/2020, publicado el 20 de noviembre.
Resolución de 18 de noviembre de 2020. Publica el Acuerdo de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos de 18 de noviembre de 2020, por el que se revisan los importes máximos de venta al público, en aplicación de lo previsto en el artículo 94.3 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015.
BOE 304/2020, publicado el 19 de noviembre.
Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre. Adopta medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.
Se amplía hasta el 30 de junio el plazo de concesión de las dos líneas de hasta 140.000 millones de avales públicos gestionadas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO). Las empresas y autónomos que lo soliciten y que cumplan con los criterios de elegibilidad podrán disponer de una ampliación en el vencimiento de los préstamos de la línea de avales del ICO para liquidez de hasta tres años adicionales, con un máximo de ocho años, desde los cinco actuales. Adicionalmente, podrán gozar de un plazo adicional de carencia en el pago del principal de 12 meses, siempre y cuando la carencia total no supere los 24 meses.
Asimismo, las entidades financieras no podrán incrementar de forma injustificada el tipo de interés ni exigir la contratación de productos vinculados y habrán de mantener las líneas de circulante hasta el 30 de junio de 2021 para los clientes que cumplan los criterios de elegibilidad y cuenten con un préstamo avalado al amparo de alguna de las dos líneas de avales de ICO.
A partir de la entrada en vigor de estos cambios, todas las operaciones de financiación garantizadas con aval del ICO contarán con un plazo de amortización que puede llegar a los ocho años. Se igualan así las características de la línea de avales aprobada en marzo con la de la línea de avales para inversión y liquidez, que se aprobó en julio, y que ya tenía ese plazo máximo.
Se prevé, asimismo, una rebaja de hasta el 50% de los aranceles notariales y registrales correspondientes a las operaciones relativas a la extensión de los plazos.
Medidas en el ámbito concursal
Amplía el alcance temporal de algunas medidas aprobadas en materia concursal. Se extiende hasta el 14 de marzo de 2021 la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores, así como la obligación del juez de admitir a trámite las solicitudes de concurso necesario presentado por los acreedores. También se amplía el alcance temporal de las medidas de inadmisión a trámite por el juez de las solicitudes de incumplimiento de convenio que presenten los acreedores y de las solicitudes de incumplimiento de acuerdo de refinanciación.
Se eleva de 500 a 1.000 millones de euros el umbral de capitalización recogido en la Ley del Mercado de Valores a partir del cual una empresa está obligada a solicitar que la negociación de sus acciones pase de realizarse exclusivamente en un mercado de Pyme en expansión a hacerlo en un mercado regulatorio.
Adicionalmente, se amplía el plazo de vigencia durante el ejercicio 2021 para que las juntas generales o las asambleas de socios puedan celebrarse por medios electrónicos, cuando no esté previsto en sus estatutos.
Por otra parte, en relación con el régimen de autorización previa de inversiones extranjeras, se aclaran los sectores estratégicos en los que se requiere autorización para llevar a cabo una inversión. Asimismo, de forma temporal hasta el 30 de junio de 2021, se incluyen en el régimen de autorización previa las inversiones extranjeras directas realizadas por residentes de otros países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio en sociedades cotizadas en España o en sociedades no cotizadas si la inversión es superior a 500 millones de euros.
Financiación de la Seguridad Social y el SEPE
El Real Decreto-ley contempla la aprobación de un suplemento de crédito de 6.000 millones de euros para el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con el objetivo de equilibrar las cuentas de la Seguridad Social tras el impacto de la pandemia.
Medidas fiscales
Se prorroga hasta el 30 de abril de 2021 la rebaja al 0% del IVA aplicable a la compra de determinados productos sanitarios como mascarillas, guantes, gafas, gorros, batas impermeables, termómetros, respiradores, y diversos elementos de protección individual por parte de hospitales. Además se rebaja, hasta el 31 de diciembre de 2021, el IVA de las mascarillas al tipo superreducido, bajando del 21% al 4% y se adoptan una serie de disposiciones para la transposición de la normativa comunitaria en materia energética.
Asimismo, se amplía la deducción por inversiones en producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales para incorporar la fase de producción a la aplicación de este incentivo en las producciones de animación. El Real Decreto-ley recoge además la modificación de una serie de incentivos fiscales al sector del automóvil para adecuarlos a la regulación comunitaria. De esta forma, se adapta la libertad de amortización para determinadas inversiones al marco nacional temporal de ayudas de Estado, y se modifican los límites temporales para poner en funcionamiento las inversiones y para aplicar el incentivo. Además, se modifica la deducción por innovación y se introducen diferencias, según la dimensión de la empresa, de forma que para pymes la deducción pasa a ser del 50%, mientras que para no pymes será del 15%.
Por último, se modifica de manera puntual el Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias para adaptarlo a las disposiciones comunitarias relativas a la prórroga de las directrices de ayuda con finalidad regional para 2014-2020.
Modifica:
1. El apartado 11 del artículo 27 y el apartado 2 del artículo 29 de la Ley 19/1994 de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
2. El apartado 1 del artículo 63 y el artículo 71 de la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos.
3. El artículo 25 de la Ley 46/1998 sobre Introducción del Euro.
4. El primer párrafo del artículo 7 bis.1, el primer párrafo y las letras b), c) y e) del artículo 7 bis.2 y las letras a) y c) del artículo 7 bis.3 de la Ley 19/2003 sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.
5. Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2020, el apartado 2 del artículo 36 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.
6. La letra a) del apartado 1 del artículo 28 y el apartado 3 del artículo 77 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015.
7. El apartado 2 del artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
8. El artículo 7 y la disposición final cuarta del Real Decreto-ley 23/2020 por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
9. Los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Real Decreto-ley 25/2020 de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.
10. El apartado 2 del artículo 3, el apartado 2 del artículo 5 y los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 3/2020 de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
Añade:
1. Un párrafo al final del artículo 58, epígrafe a), el artículo 71 bis y la disposición adicional trigésima séptima de la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos.
2. Un nuevo apartado 6 en el artículo 7 bis de la Ley 19/2003 sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.
3. Dos nuevos apartados 3 y 4, y se renumera el apartado 3 que pasa a ser el apartado 5, del artículo 3; y, un nuevo párrafo en el artículo 5 de la Ley 3/2020 de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
Elimina el último párrafo del artículo 7 bis.1 de la Ley 19/2003 sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.
BOE 303/2020, publicado el 18 de noviembre.
Resolución de 27 de octubre de 2020. Somete a información pública la norma técnica de auditoría sobre la actuación del auditor en relación con los estados financieros presentados en el formato electrónico único europeo, y la modificación de la "Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros".
BOE 303/2020, publicado el 18 de noviembre.
Resolución de 27 de octubre de 2020. Pública la norma técnica de auditoría de elaboración del informe complementario al de auditoría de cuentas anuales de las entidades de crédito y de los establecimientos financieros de crédito.
Deroga, a partir del momento en que resulte de aplicación obligatoria la nueva norma técnica objeto de esta resolución, el contenido de la norma técnica anterior publicada por Resolución de este instituto de 1 de marzo de 2007.
BOE 303/2020, publicado el 18 de noviembre.
Real Decreto 969/2020, de 10 de noviembre. Establece las bases reguladoras y la convocatoria, para el primer tramo del ejercicio 2020, de ayudas a los pescadores de buques pesqueros españoles que se hayan visto afectados por medidas de paralización temporal de la actividad pesquera con un procedimiento de suspensión de los contratos o reducción de jornada como consecuencia del COVID-19.
Modifica el artículo 16.1 y el segundo párrafo del apartado cuarto de la disposición adicional primera del Real Decreto 703/2020 por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera para poder hacer frente al impacto económico y social derivado de la pandemia de COVID-19, se convocan dichas ayudas para el primer tramo del ejercicio 2020 y se modifican distintos reales decretos relativos a la regulación de las organizaciones profesionales en el sector de la pesca y la acuicultura y para el ejercicio de la pesca recreativa.
BOE 302/2020, publicado el 17 de noviembre.
Resolución de 13 de noviembre de 2020. Publica el Acuerdo de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, de 12 de noviembre de 2020, por el que se revisan los importes máximos de venta al público, en aplicación de lo previsto en artículo 94.3 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015.
BOE 301/2020, publicado el 16 de noviembre.
Orden CIN/1062/2020, de 6 de noviembre. Da cumplimiento a la disposición adicional duodécima en materia de apoyo financiero a las actuaciones en parques científicos y tecnológicos del Real Decreto-ley 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
BOE 301/2020, publicado el 16 de noviembre.
Ley 7/2020, de 13 de noviembre. Regula un entorno controlado de pruebas que permita llevar a la práctica proyectos tecnológicos de innovación en el sistema financiero con pleno acomodo en el marco legal y supervisor, respetando en todo caso el principio de no discriminación. Además, la ley refuerza los instrumentos necesarios para garantizar los objetivos de la política financiera en el contexto de la transformación digital.
BOE 300/2020, publicado el 14 de noviembre.
Circular 2/2020, de 28 de octubre. Desarrolla las normas, principios y criterios a los que debe sujetarse la actividad publicitaria de los servicios y productos de inversión, de conformidad con lo previsto en la Orden EHA/1717/2010, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos de inversión.
BOE 299/2020, publicado el 13 de noviembre.
Ley 6/2020, de 11 de noviembre. Regula determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, como complemento del Reglamento (UE) n.º 910/2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE.
Modifica:
1. El apartado 1 del artículo 2 de la Ley 56/2007 de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.
2. El apartado tres del artículo 326 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil.
3. El primer párrafo del apartado 1 del artículo 35, el primer párrafo del artículo 37 y el artículo 43 de la Ley 34/2002 de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
Añade:
1. El apartado cuatro al artículo 326 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil.
2. Los artículos 12 ter y 36 bis, las letras j) a u) al apartado 3, y las letras j) a la s) al apartado 4, todo del artículo 38 de la Ley 34/2002 de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
3. La disposición adicional séptima de la Ley 17/2009 sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Deroga:
1. La Ley 59/2003 de Firma Electrónica.
2. El artículo 25 de la Ley 34/2002 de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
3. La Orden de 21 de febrero de 2000 por la que se aprueba el Reglamento de acreditación de prestadores de servicios de certificación y de certificación de determinados productos de firma electrónica.
BOE 298/2020, publicado el 12 de noviembre.
Resolución de 11 de noviembre de 2020. Aprueba medidas de control sanitario en los puntos de entrada de España. Deja sin efectos la Resolución de 24 de julio de 2020 relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.
BOE 298/2020, publicado el 12 de noviembre.
Resolución de 27 de octubre de 2020. Publica la norma técnica de auditoría, resultado de la adaptación de las normas internacionales de auditoría para su aplicación en España, "Auditoría de estimaciones contables y de la correspondiente información a revelar", y la modificación de la norma técnica de auditoría "Responsabilidades del auditor con respecto a otra información".
Deroga el contenido anterior de las normas técnicas de auditoría correspondientes, la NIA-ES 540 y la NIA-ES 720 (revisada) y lo dispuesto en el resto de normas técnicas de auditoría no modificadas expresamente en esta resolución que resulte contradictorio con las normas ahora aprobadas, debiendo aplicarse e interpretarse de acuerdo con las normas técnicas ahora aprobadas; y, en particular, en lo referente a la aplicación de los modelos de informe de auditoría que figuran en otras NIA-ES distintas a las aprobadas en esta resolución, debiendo utilizarse los modelos de informe ahora aprobados.
BOE 298/2020, publicado el 12 de noviembre.
Real Decreto 972/2020, de 10 de noviembre. Establece el procedimiento para la designación de candidaturas a jueces y abogados generales del Tribunal de Justicia y del Tribunal General de la Unión Europea y a juez titular y jueces ad hoc del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Quedan sin efecto los Acuerdos del Consejo de Ministros de 16 de enero de 2015 y de 20 de enero de 2017 por los que se establecieron pautas para la propuesta de candidatos a jueces y abogados generales del Tribunal de Justicia y miembros del Tribunal General de la Unión Europea, y para la elaboración de una terna de candidatos para la elección de Juez titular del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
BOE 297/2020, publicado el 11 de noviembre.
Convenio entre el Reino de España y la República de Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, hecho en Bakú el 23 de abril de 2014.
BOE 293/2020, publicado el 6 de noviembre.
Instrumento de aceptación por el que se aprueba la enmienda de Doha al Protocolo de Kioto, adoptada en Doha el 8 de diciembre de 2012.
BOE 293/2020, publicado el 6 de noviembre.
Resolución de 4 de noviembre de 2020. Actualiza el anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017 por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
BOE 293/2020, publicado el 6 de noviembre.
Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de septiembre de 2020. Anula el artículo 2, apartado veintidós, en el inciso impugnado, referido en el fundamento de derecho sexto, del Real Decreto 70/2019, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas complementarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera, por no ser ajustado a Derecho.
BOE 293/2020, publicado el 6 de noviembre.
Resolución de 29 de octubre de 2020. Crea la sede electrónica y el registro electrónico del Consorcio de la Zona Especial Canaria, así como la determinación de su régimen de funcionamiento, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, por el que se desarrolla parcialmente la ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
BOE 292/2020, publicado el 5 de noviembre.
Orden APA/1025/2020, de 27 de octubre. Fija, para la campaña 2020/2021, el contenido mínimo de alcohol que deben tener los subproductos de vinificación, en aplicación del artículo 50 del Real Decreto 1363/2018, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019/2023 al sector vitivinícola español.
BOE 292/2020, publicado el 5 de noviembre.
Resolución de 3 de noviembre de 2020. Determina la composición de la Comisión Permanente de Telecomunicaciones, Infraestructuras Digitales, Conectividad Digital y Sector Audiovisual, creada en el seno del Consejo Consultivo para la Transformación Digital.
BOE 292/2020, publicado el 5 de noviembre.
Real Decreto-ley 32/2020, de 3 de noviembre. Adopta medidas sociales complementarias para la protección por desempleo y de apoyo al sector cultural. Se trata de medidas para la mejora y adaptación del marco de protección a las personas trabajadoras afectadas por los efectos económicos de la crisis sanitaria tales como: (i) subsidio especial por desempleo, (ii) prórroga del acceso extraordinario al desempleo de los artistas de espectáculos públicos, (iii) subsidio para personal técnico y auxiliar de la cultura, (iv) prestación por desempleo de los profesionales taurinos y (v) facilidades para la tramitación y mejora a los fijos discontinuos.
Añade un nuevo apartado 2 bis al artículo 2 del Real Decreto-ley 30/2020, de Medidas Sociales en Defensa del Empleo. Queda suspendida la aplicación, hasta el 31 de enero de 2021, de lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2.1.b) del Real Decreto 1369/2006, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.
BOE 291/2020, publicado el 4 de noviembre.
Real Decreto-ley 33/2020, de 3 de noviembre. Adopta medidas urgentes de apoyo a entidades del tercer sector de acción social de ámbito estatal. Establece un conjunto de ayudas extraordinarias a favor de las principales entidades del tercer sector de acción social de ámbito estatal que desarrollan su labor a favor de diversos colectivos especialmente afectados por la pandemia de la COVID-19 como son, entre otros, las personas mayores, la infancia y la adolescencia, el pueblo gitano, los diversos colectivos en riesgo de exclusión social, las personas con discapacidad, las víctimas de violencia de género y de trata, las personas migrantes, las mujeres, las personas LGTBI, las personas drogodependientes, las personas afectadas por el VIH-SIDA, etcétera.
Modifica el artículo 2 del Real Decreto-ley 7/2013, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.
BOE 291/2020, publicado el 4 de noviembre.
Resolución de 29 de octubre de 2020. Ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
BOE 291/2020, publicado el 4 de noviembre.
Orden TMA/1018/2020, de 23 de octubre. Determina, para el año 2019, los costes tipo aplicables a los costes subvencionables regulados en el Real Decreto 552/2020, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías incluidas en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.
BOE 291/2020, publicado el 4 de noviembre
Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre. Prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. La prórroga se extenderá desde las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021.
Modifica los artículos 9, 10, 14 y la disposición adicional única pasa a ser disposición adicional primera. Añade una nueva disposición adicional segunda, todo ello del Real Decreto 926/2020, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
BOE 291/2020, publicado el 4 de noviembre
Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre. Regula la publicidad del sector de las apuestas en línea y juegos de azar en España. Desarrolla los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011, de Regulación del Juego y prohíbe con ella la publicidad audiovisual fuera del horario de 1.00 h. a 5.00 h. de la madrugada. Además, el nuevo texto ajusta el contenido de los mensajes publicitarios para proteger a los sectores más vulnerables e impide a los operadores del mercado del juego la emisión de bonos de captación de jugadores, entre otras medidas.
Modifica el artículo 36. Suprime la disposición adicional sexta, todo ello del Real Decreto 1614/2011 por el que se desarrolla la Ley 13/2011 de Regulación del Juego, en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego
BOE 291/2020, publicado el 4 de noviembre
Resolución de 3 de noviembre de 2020. Modifica el anexo I, segundo, del Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a la financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria.
BOE 291/2020, publicado el 4 de noviembre.
Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre. Regula el marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, denominado régimen económico de energías renovables, basado en el reconocimiento a largo plazo de un precio por la energía. El texto establece un nuevo marco para futuras instalaciones renovables que se desarrollará mediante subastas. En todo caso, los participantes pujarán ofertando el precio que están dispuestos a cobrar por la energía que genere la instalación.
Este nuevo marco retributivo estará destinado a nueva potencia renovable y permitirá la hibridación entre tecnologías, la ampliación y modificación de instalaciones existentes y será compatible con el almacenamiento.
Modifica el artículo 12 del Real Decreto 216/2014 por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.
BOE 291/2020, publicado el 4 de noviembre.
Resolución de 19 de octubre de 2020. Se deniega el depósito de las cuentas anuales del ejercicio 2019 estando el registro cerrado por falta de depósito de las correspondientes al ejercicio anterior. Se desestima el recurso atendiendo a la constante doctrina de la dirección general. Aun cuando la sociedad no hubiera realizado actividad mercantil alguna al cierre del primer ejercicio, subsistiría su obligación de presentar los documentos contables en el Registro Mercantil competente, y sólo cambiaría su contenido. La ley autoriza, expresamente, a que la fecha de comienzo de la actividad pueda ser, por disposición estatutaria, una posterior a la fecha de la escritura de constitución (artículo 24 de la LSC); lo que no autoriza, en ningún caso, es que la fecha de comienzo de operaciones quede en suspenso a voluntad de la sociedad a efectos del cumplimiento de una obligación legal como es el depósito de las cuentas anuales. Existía por tanto una obligación legal incumplida que trajo como consecuencia el cierre registral, debiendo subsistir dicho cierre, por disposición legal, mientras el incumplimiento persista. En el mismo sentido se publica otra Resolución de 19 de octubre de 2020 contra la negativa del Registrador mercantil II de Madrid a practicar el depósito de cuentas anuales de una sociedad relativas al ejercicio 2019.
BOE 291/2020, publicado el 4 de noviembre.
Resolución de 19 de octubre de 2020. El órgano de administración que insta la declaración judicial de nulidad no tiene el respaldo del socio mayoritario que acuerda una voluntaria y diferente disolución y nombramiento de liquidadores distintos de los designados por el juez. La dirección general tiene sentada una coherente y ponderada doctrina sobre la eficacia registral de la sentencia estimatoria de nulidad de ciertos acuerdos sociales en relación con los asientos posteriores al que hubiere causado el asiento correspondiente al acuerdo anulado. El problema básico registral que este recurso plantea es el relativo a la eficacia registral de las anotaciones preventivas de suspensión de acuerdos sociales respecto de los asientos posteriores (disolución judicial de la sociedad con nombramiento judicial simultáneo de liquidadores por la causa legal de inactividad societaria).
El caso objeto de recurso se complica adicionalmente por la circunstancia de que acceden primeramente al Registro mercantil unos acuerdos sociales de junta que resultan no obstante ser posteriores en el tiempo a una decisión judicial de disolución forzosa de la sociedad y nombramiento judicial de liquidadores lo que exige resolver la trascendencia de tal circunstancia a los efectos de la aplicación correcta del principio de prioridad registral en el Registro Mercantil.
A los efectos de clarificar la doctrina acerca de la naturaleza y efectos de la anotación de suspensión de acuerdos sociales es necesario discriminar entre asientos (y títulos) conexos y no conexos. Estaremos ante una inscripción condicional que registralmente se consolidará cuando judicialmente se declare la nulidad de las juntas por las que se acordó la disolución voluntaria y nombramiento de liquidadores o cuando se cancelen las anotaciones de suspensión por cualquier causa. Por el contrario, si los acuerdos de disolución voluntaria y nombramiento de liquidadores resultaren ser validados estaríamos ante el mismo problema de arreglo de la situación registral a la verdad constatada oficialmente por los tribunales, siendo enteramente de aplicación la doctrina registral sobre la cancelación en su caso de los asientos posteriores contradictorios.
Evidentemente, los liquidadores judiciales inscritos quedan constituidos en la obligación de llevar a efecto la liquidación de la sociedad y adoptar las medidas necesarias para que pueda llevarse a efecto lo que incluye la realización de los actos necesarios para cancelar la hoja de la sociedad.
La eficacia de la anotación no sólo se proyecta hacia adelante, hacia los asientos que se puedan producir con posterioridad, sino que también impide, para el caso de que los acuerdos suspendidos hayan llegado a inscribirse, que acceda a los libros del Registro cualquier acto del que deriven. Para la publicidad de la resolución judicial que adopta la medida cautelar y para asegurar que cumpla su función no es exigible que queden cumplidos los habituales requisitos de tracto sucesivo o prioridad respecto del acuerdo cuestionado pero adoptado y aun no inscrito. Se estima el recurso y se revoca la calificación anterior.
BOE 291/2020, publicado el 4 de noviembre.
Orden TMA/1017/2020, de 23 de octubre. Determina, para el año 2019, los costes tipo aplicables a los costes subvencionables regulados en el Real Decreto 147/2019, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.
BOE 290/2020, publicado el 3 de noviembre.
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