Novedades legislativas
2 de junio de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Servicios aéreos y marítimos en las fases 2 y 3 del plan de desescalada
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Orden SND/487/2020, de 1 de junio. Establece las condiciones a aplicar en las fases 2 y 3 del plan para la transición hacia una nueva normalidad en materia de servicios aéreos y marítimos.
Modifica el apartado 1 del artículo 2. Añade un apartado 3 al artículo 2, todo ello de la Orden TMA/273/2020 por la que se dictan instrucciones sobre reducción de los servicios de transporte de viajeros
BOE 155/2020, publicado el 2 de junio.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Servicio portuario de practicaje
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Resolución de 19 de mayo de 2020. Acuerda la continuación en la tramitación de los procedimientos administrativos para el otorgamiento de exenciones de la obligatoriedad de utilización del servicio portuario de practicaje, en aplicación del apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 155/2020, publicado el 2 de junio.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Servicios aéreos y marítimos en las fases 2 y 3 del plan de desescalada
1 de junio de 2020
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INGRESO MÍNIMO VITAL
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Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo. Pone en marcha un ingreso mínimo vital, una nueva prestación de la Seguridad Social, que va acompañada de estrategias de inclusión focalizadas. El ingreso mínimo vital, que será de carácter permanente, tiene como principales objetivos la redistribución de la renta, con la intención de erradicar la pobreza extrema, y la inclusión social y participación en el mercado laboral de las personas en situación de vulnerabilidad.
El ingreso mínimo vital parte de una amplia tipologías de hogares (en función del número de miembros y de si son monoparentales) y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar. El nivel mínimo, que corresponde a los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva. A partir de esta cuantía se establece un coeficiente adicional por cada miembro del hogar y un beneficio para los hogares monoparentales.
Modifica:
1. La letra a) del apartado 2 del artículo 54 y las letras a), e), f), g) y h) del artículo 71.1 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria.
2. El artículo 42.1. c) y los artículos 351 a 353 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015.
3. La disposición adicional centésima cuadragésima primera y la disposición transitoria tercera de la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
Añade:
1. Un nuevo párrafo p) al artículo 3 del Real Decreto 397/1996 por el que se regula el registro de prestaciones sociales públicas.
2. La letra f) al apartado 8 del artículo 102 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015.
3. Un nuevo párrafo ñ) al artículo 72.2 y un nuevo ordinal 6.ª al artículo 109.3.b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015.
BOE 154/2020, publicado el 1 de junio.
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ESCALA DE BUQUES EN LOS PUERTOS DE INTERÉS GENERAL
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Resolución de 8 de mayo de 2020. Modifica el anexo I de la Orden FOM/1194/2011, de 29 de abril, por la que se regula el procedimiento integrado de escala de buques en los puertos de interés general.
BOE 154/2020, publicado el 1 de junio de 2020.
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INGRESO MÍNIMO VITAL
30 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas sociales en defensa del empleo. Convalidación
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Resolución de 27 de mayo de 2020. Ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 18/2020 de Medidas Sociales en Defensa del Empleo.
BOE 153/2020, publicado el 30 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Aviación civil
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Orden SND/457/2020, de 29 de mayo. Adopta exenciones en el ámbito de las licencias de pilotos de aeronaves ultraligeras con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 153/2020, publicado el 30 de mayo.
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ABOGADOS. Pruebas de acceso a la profesión 2020
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Orden PCM/467/2020, de 29 de mayo. Modifica la Orden PCI/1261/2019 por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado/a para el año 2020.
BOE 153/2020, publicado el 30 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Flexibilización de restricciones en la fase 3 del plan de la desescalada
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Orden SND/458/2020, de 30 de mayo. Establece las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas por el estado de alarma, en aplicación de la fase 3 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Podrá procederse a la apertura de establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al cincuenta por ciento.
Se permite asimismo la apertura al público de las zonas comunes y las zonas recreativas de los centros y parques comerciales, limitando su aforo al cuarenta por ciento. Asimismo, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en los mismos se fija también en un cincuenta por ciento.
En materia de hostelería y restauración, se permite el consumo en barra siempre que se garantice el mantenimiento de la distancia de seguridad entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, de dos metros. Asimismo, se permite que las terrazas al aire libre abran al setenta y cinco por ciento de su capacidad permitida.
Por lo que se refiere a los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el cincuenta por ciento de su aforo.
En el ámbito de la cultura, destaca la posibilidad de realizar actividades culturales en las bibliotecas y museos.
En materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas.
Por lo que se refiere a las actividades turísticas se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta treinta personas.
En materia de congresos, se establece un límite de ochenta asistentes.
Asimismo, se podrá proceder a la reapertura de los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del cincuenta por ciento.
Se permite la reapertura al público de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo permitido y se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en la orden.
Finalmente, se permite la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil, siempre que se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en esta orden.
Modifica el apartado 1 del artículo 2, el apartado 5 del artículo 6, el apartado 2 del artículo 8, el párrafo a) del apartado 1 del artículo 11, el apartado 1 del artículo 15, el artículo 33, el apartado 4 del artículo 35, el apartado 3 del artículo 41, el capítulo XIV y el anexo de la Orden SND/399/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del plan para la transición hacia una nueva normalidad y el apartado 5 del artículo 6, el párrafo a) del apartado 1 del artículo 13, el apartado 4 del artículo 42, el apartado 4 del artículo 43, el capítulo XII y el anexo de la Orden SND/414/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Añade un párrafo i) al apartado 1 del artículo 34 y una nueva disposición adicional sexta de la Orden SND/399/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del plan para la transición hacia una nueva normalidad y un nuevo apartado 12 en el artículo 40 de la Orden SND/414/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
BOE 153/2020, publicado el 30 de mayo.
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DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD JURÍDICA Y FE PÚBLICA. Levantamiento de la suspensión de plazos administrativos
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Instrucción de 28 de mayo de 2020. Aclara las consecuencias del levantamiento de la suspensión de plazos administrativos en relación a determinadas actuaciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública registral, y otras en el ámbito de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles donde excepcionalmente sí incide la reanudación de los plazos administrativos.
Habida cuenta de que como consecuencia de la legislación COVID-19 se ha producido un desplazamiento a partir del 1 de junio de 2020 de todo el ciclo contable (formulación, legalización, verificación, auditoría, depósito y cierre registral) y, muy en particular, del propio plazo para formular/reformular cuentas, entiende que el plazo de tres meses para solicitar auditor ex artículo 265.2 de la Ley de Sociedades de Capital debe contarse desde el 1 de junio de 2020, de suerte que acabe cuando acaba el plazo para formular cuentas, sin que sea relevante el plazo que hubiera trascurrido desde el cierre del ejercicio hasta la declaración del estado de alarma.
BOE 153/2020, publicado el 30 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas sociales en defensa del empleo. Convalidación
29 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Transporte internacional
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Orden TMA/454/2020, de 28 de mayo. Amplía la relación de puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional.
BOE 152/2020, publicado el 29 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Sector petrolero
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Orden TED/456/2020, de 27 de mayo. Aprueba cuotas extraordinarias a abonar a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos como consecuencia de los efectos de la crisis ocasionada por el COVID-19.
BOE 152/2020, publicado el 29 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Transporte internacional
28 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Política agrícola común
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Orden APA/452/2020, de 26 de mayo. Acuerda la no suspensión de los plazos previstos en la Orden APA/377/2020, por la que se modifican, para el año 2020, diversos plazos establecidos en los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, dictados para la aplicación en España de la política agrícola común.
BOE 151/2020, publicado el 28 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Política agrícola común
27 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias
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Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo. Adopta medidas urgentes en diversos ámbitos de la lucha de nuestro país contra el COVID-19. Por un lado se extienden algunas de las ya decretadas anteriormente, como las del ámbito agrario, y por otro se añaden nuevas decisiones en el terreno laboral, económico y tributario.
Se incluyen varias medidas tributarias, entre las que destaca el aumento de tres a cuatro meses del periodo en que pymes y autónomos pueden aplazar el pago de sus obligaciones tributarias sin abonar intereses. Por otra parte, se introduce las adaptaciones para la presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades a la realidad provocada por la pandemia, permitiendo que aquellas sociedades que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales antes de que termine el plazo de declaración de este impuesto, puedan presentarla con las cuentas disponibles en ese momento. También se habilita un régimen especial para presentar otra declaración, sin recargos, cuando las cuentas anuales se hayan podido aprobar. Otra medida recogida en el decreto permite retrasar excepcionalmente en 2020, hasta septiembre, la publicación de la denominada lista de deudores de la Agencia Tributaria para que puedan resolverse con todas las garantías los procedimientos establecidos teniendo en cuenta la situación de crisis sanitaria.
Incluye también medidas para mitigar el impacto de la crisis del COVID-19 en las cuentas de la Seguridad Social, dotándola de recursos ante la previsible reducción de los ingresos del sistema respecto a las previsiones iniciales. Asimismo, se aprueba un préstamo de 16.500 millones a la Tesorería General de la Seguridad Social y un crédito extraordinario de 14.000 millones.
En el ámbito agrario, se prorroga tres meses la flexibilización para cubrir el empleo temporal agrario y se facilita un permiso de trabajo de dos años a jóvenes extranjeros empleados en el campo.
Por otra parte, se amplía la cobertura al personal de los centros sanitarios que haya contraído el virus para que sus prestaciones se consideren contingencia profesional derivadas de accidente de trabajo.
Por último, se levanta la suspensión de la portabilidad telefónica y se facilita un procedimiento para el abono de los impagos a las operadoras.
Modifica:
1. El artículo 103.c) de la Ley 3/2001 de Pesca Marítima del Estado.
2. La letra a) del apartado 3 del artículo 55 de la Ley 11/2015 de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
3. El segundo párrafo del apartado 1 del artículo 324 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015.
4. El apartado 4 del artículo 14 del Real Decreto-ley 7/2020 por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
5. El apartado 4 del artículo 17, el apartado 2 del artículo 24, los apartados 3 y 5 del artículo 40 y el apartado 3 de la disposición adicional séptima del Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
6. El artículo 21.1, el apartado 1 del artículo 48 y el apartado 6 del artículo 52 del Real Decreto-ley 11/2020 por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
7. El párrafo tercero del apartado e) del artículo 3 del Real Decreto-ley 13/2020 por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario.
8. Los apartados 1, 2 y 3 del artículo 2 del Real Decreto-ley 17/2020 por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.
9. Un párrafo segundo del apartado 3 del artículo 1, el primer párrafo del apartado 4 del artículo 4 y el apartado 5 del artículo 4 del Real Decreto-ley 18/2020 de Medidas Sociales en Defensa del Empleo.
Añade:
1. Un nuevo número 29) en el apartado B) del artículo 45.I del texto refundido de la Ley del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993.
2. Una disposición adicional del Real Decreto 877/2015 de desarrollo de la Ley 26/2013 de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias, por el que se regula el fondo de reserva que deben constituir determinadas fundaciones bancarias; se modifica el Real Decreto 1517/2011, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011; y se modifica el Real Decreto 1082/2012, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectiva.
3. Un nuevo apartado 11 al artículo 33 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015.
4. En la disposición adicional decimoquinta del Real Decreto-ley 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, un nuevo apartado 5.
5. Un apartado 5 al artículo 2 del Real Decreto-ley 17/2020 por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.
Deroga el apartado segundo del artículo 16 ter y el artículo 20 del Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 y, con efectos 1 de junio de 2020, la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 15/2020 de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
BOE 250/2020, publicado el 27 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Transporte aéreo en las rutas aéreas Palma de Mallorca-Menorca y Palma de Mallorca-Ibiza
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Resolución de 16 de mayo de 2020. Pone fin a la adjudicación directa del servicio de transporte aéreo en las rutas aéreas Palma de Mallorca-Menorca y Palma de Mallorca-Ibiza durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19.
BOE 150/2020, publicado el 27 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del archipiélago canario
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Resolución de 22 de mayo de 2020. Pone fin a la adjudicación directa del servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del Archipiélago Canario durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19.
BOE 150/2020, publicado el 27 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Flexibilización de restricciones en la fase 2 del plan de la desescalada y gestión de residuos
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Orden SND/445/2020, de 26 de mayo. Modifica el apartado 4 del apartado segundo de la Orden SND/271/2020, por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y el apartado 5 del artículo 46 de la Orden SND/414/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Añade las disposiciones adicionales quinta y sexta de la Orden SND/414/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.
BOE 150/2020, publicado el 27 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias
26 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Transporte internacional
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Orden TMA/444/2020, de 25 de mayo. Amplía la relación de puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional.
BOE 149/2020, publicado el 26 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. NACIONALIDAD ESPAÑOLA. Sefardíes
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Resolución de 13 de mayo de 2020. Acuerda la prórroga del plazo de subsanación de las solicitudes de nacionalidad en virtud de la Ley 12/2015 en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España y se aclaran aspectos de la tramitación de los expedientes.
BOE 149/2020, publicado el 26 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Transporte internacional
24 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Flexibilización de restricciones en la fase 1 y 2 del plan de desescalada
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Orden SND/442/2020, de 23 de mayo. Modifica el anexo de la Orden SND/399/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del plan para la transición hacia una nueva normalidad y el anexo de la Orden SND/414/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.
BOE 147/2020, publicado el 24 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Flexibilización de restricciones en la fase 1 y 2 del plan de desescalada
23 de mayo de 2020
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PRORROGA DEL ESTADO DE ALARMA. Plazos administrativos y procesales
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Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo. Prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. La prórroga se extenderá desde las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020.
Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos procesales y de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones.
Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.
Deroga, con efectos desde el 4 de junio de 2020, las disposiciones adicionales segunda y cuarta y, con efectos desde el 1 de junio de 2020, la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 145/2020, publicado el 23 de mayo.
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PRÓRROGA DEL ESTADO DE ALARMA. Autorización
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Resolución de 20 de mayo de 2020. Ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 145/2020, publicado el 23 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fase 2 del plan de desescalada
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Orden JUS/430/2020, de 22 de mayo. Activa la fase 2 del plan de desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19 establecido en el anexo II de la Orden JUS/394/2020, por la que se aprueba el esquema de seguridad laboral y el plan de desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19. Dicha activación tendrá efectos desde el 26 de mayo de 2020.
Modifica el anexo I de la Orden JUS/394/2020, por la que se aprueba el esquema de seguridad laboral y el plan de desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.
BOE 145/2020, publicado el 23 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Fronteras
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Orden SND/439/2020, de 23 de mayo. Prorroga los controles en las fronteras interiores terrestres, aéreas y marítimas con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Añade un nuevo párrafo d) en el apartado 2 del artículo 2 de la Orden SND/403/2020 sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de otros países a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 146/2020, publicado el 23 de mayo.
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COVID-19. ESTADO A ALARMA. Medidas de gestión del plan para la transición hacia una nueva normalidad
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Orden SND/440/2020, de 23 de mayo. Adopta medidas para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Modifica:
1. Los apartados 4 y 5 del apartado segundo y el apartado tercero de la Orden SND/271/2020 por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
2. El apartado 1 del artículo 2, el apartado 3 del artículo 7, el apartado 2 del artículo 10, el artículo 33 y el anexo de la Orden SND/399/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
3. El artículo 20, el párrafo b) del apartado 2 del artículo 38, el artículo 46, el Capítulo XI y el anexo de la Orden SND/414/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Añade:
1. Un nuevo apartado tercero bis de la Orden SND/271/2020 por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
2. Una nueva disposición adicional única a la Orden TMA/379/2020 por la que se establecen criterios de aplicación del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma, en las actividades formativas de personal ferroviario, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
3. Un nuevo apartado 9 al artículo 26, un nuevo Capítulo XVI y las disposiciones adicionales cuarta y quinta de la Orden SND/399/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
4. Un apartado 9 al artículo 4 de la Orden TMA/400/2020 por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura
5. Un nuevo apartado 6 en el artículo 18, los capítulos XIII y XIV y una nueva disposición adicional cuarta de la Orden SND/414/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
BOE 146/2020, publicado el 23 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Transporte internacional
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Orden SND/441/2020, de 23 de mayo. Prorroga la Orden TMA/410/2020 por la que se limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional.
BOE 146/2020, publicado el 23 de mayo.
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PRORROGA DEL ESTADO DE ALARMA. Plazos administrativos y procesales
22 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario. Convalidación
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Resolución de 20 de mayo de 2020. Ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.
BOE 144/2020, publicado el 22 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Flexibilización de restricciones en pequeños municipios y entes locales de ámbito territorial inferior
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Orden SND/427/2020, de 21 de mayo. Flexibilizan ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior.
BOE 144/2020, publicado el 22 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. SUBVENCIONES. Investigación científica y técnica de carácter medioambiental
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Resolución de 20 de mayo de 2020. Acuerda la tramitación de los procedimientos de convocatoria para la concesión de subvenciones en 2020 a entidades del tercer sector u organizaciones no gubernamentales, que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en materia de investigación científica y técnica de carácter medioambiental, y para la concesión de subvenciones en 2020 a sindicatos de trabajadores del sector medioambiental para el desarrollo de sus actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea e Instituciones Internacionales, y para la realización de proyectos de especial interés para el desarrollo y mejora de los trabajadores del citado sector.
BOE 144/2020, publicado el 22 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario. Convalidación
21 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. MOVILIDAD. Navegación marítima
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Orden TMA/424/2020, de 20 de mayo. Modifica los artículos 1 y 2 de la Orden TMA/384/2020 por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad; y el artículo 3 de la Orden TMA/419/2020 por la que se actualizan las medidas en materia de ordenación general de la navegación marítima adoptadas durante el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 al proceso de desescalada.
BOE 143/2020, publicado el 21 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Subvenciones a entidades e instituciones culturales
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Real Decreto 524/2020, de 19 de mayo. Regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Cultura y Deporte y sus organismos públicos a diversas entidades e instituciones culturales.
BOE 143/2020, publicado el 21 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. ANTICIPO DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO. Convenio SEPE / CECA
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Resolución de 11 de mayo de 2020. Publica el Convenio con el Servicio Público de Empleo Estatal y CECA, para el anticipo de prestaciones por desempleo previamente reconocidas por el Servicio Público de Empleo Estatal.
BOE 143/2020, publicado el 21 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. ANTICIPO DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO. Convenio SEPE / Asociación Española de Banca
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Resolución de 11 de mayo de 2020. Publica el Convenio con el Servicio Público de Empleo Estatal y la Asociación Española de Banca, para el anticipo de prestaciones por desempleo previamente reconocidas por el Servicio Público de Empleo Estatal.
BOE 143/2020, publicado el 21 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. ANTICIPO DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO. Convenio SEPE / Unión Nacional de Cooperativas de Crédito
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Resolución de 11 de mayo de 2020. Publica el Convenio con el Servicio Público de Empleo Estatal y Unión Nacional de Cooperativas de Crédito, para el anticipo de prestaciones por desempleo previamente reconocidas por el Servicio Público de Empleo Estatal.
BOE 143/2020, publicado el 21 de mayo.
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RESIDUOS. Papel y cartón recuperado
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Orden TED/426/2020, de 8 de mayo. Establece los criterios para determinar cuándo el papel y cartón recuperado destinado a la fabricación de papel y cartón deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados.
BOE 143/2020, publicado el 21 de mayo.
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ASTURIAS. COVID-19. Plan estratégico de subvenciones. Corrección de errores
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Resolución de 20 de mayo de 2020. Advertido error material en la Resolución de primera modificación de la Resolución de 21 de febrero de 2020, por la que se aprueba el Plan estratégico de subvenciones de la Consejería de Presidencia para el período 2020-2022, se procede a su oportuna rectificación.
BOPA 97/2020, publicado el 21 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. MOVILIDAD. Navegación marítima
20 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario. Corrección de errores
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Corrección de errores del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo. Advertidos errores en el Real Decreto-ley por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 126, de 6 de mayo de 2020, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones.
BOE 142/2020, publicado el 20 de mayo.
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CUARTO TRAMO DE LA LÍNEA DE AVALES PARA GARANTIZAR LA LIQUIDEZ Y REFORZAR LA FINANCIACIÓN EMPRESARIAL
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Resolución de 19 de mayo de 2020. Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de mayo de 2020, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial a poner en marcha el cuarto tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020. Este nuevo tramo, de 20.000 millones de euros, se destinará de forma íntegra a garantizar operaciones de pymes y autónomos. Adicionalmente, se han aprobado 4.000 millones de euros para avalar las emisiones de pagarés en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) y 500 millones de euros para reforzar el reaval que CERSA concede a las sociedades de garantía recíproca.
Podrán solicitar los avales de este cuarto tramo las pymes y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020. El aval garantiza el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de operaciones solicitadas por autónomos y pymes y tiene una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un máximo de cinco años.
Las pymes y autónomos interesados podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta 30 de septiembre de 2020. El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la Unión Europea, por Acuerdo de Consejo de Ministros.
La distribución de la línea de avales entre las entidades se llevará a cabo con los mismos criterios que los establecidos en los tramos anteriores. El volumen máximo asignado para cada entidad será válido hasta el 30 de junio. A partir de esa fecha, los importes de aval asignados y no utilizados por las entidades se distribuirán entre el resto de entidades, de forma proporcional al importe de aval que hubieran utilizado hasta esa fecha.
BOE 142/2020, publicado el 20 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Extranjería
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Orden SND/421/2020, de 18 de mayo. Adopta medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situaciones de los extranjeros en España, en aplicación del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 142/2020, publicado el 20 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Uso obligatorio de mascarilla
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Orden SND/422/2020, de 19 de mayo. Regula las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
BOE 142/2020, publicado el 20 de mayo.
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IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. Plazo de ingreso
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Resolución de 18 de mayo de 2020. Modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2020 relativos a las cuotas nacionales y provinciales, y se establece el lugar de pago de dichas cuotas. El nuevo plazo comprenderá desde el 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2020, ambos inclusive.
BOE 142/2020, publicado el 20 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Ayudas para la acción y promoción cultural
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Resolución de 12 de mayo de 2020. Acuerda la tramitación de la convocatoria de ayudas para la acción y promoción cultural, correspondientes a 2020, en aplicación del apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 142/2020, publicado el 20 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario. Corrección de errores
19 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Navegación marítima
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Orden TMA/419/2020, de 18 de mayo. Actualiza las medidas en materia de ordenación general de la navegación marítima adoptadas durante el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 al proceso de desescalada.
Modifica los artículos 2 y 3 y la disposición final primera. Añade un párrafo e) al artículo 6.1, todo ello de la Orden TMA/258/2020 por la que se dictan disposiciones respecto de los títulos administrativos y las actividades inspectoras de la administración marítima, al amparo del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Deroga:
1. La Orden TMA/330/2020 por la que se prorroga la prohibición de entrada de buques de pasaje procedentes de la República Italiana y de cruceros de cualquier origen con destino a puertos españoles para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, así como sus antecedentes.
2. La Orden TMA/286/2020 por la que se prorroga la prohibición de entrada de buques de pasaje procedentes de la República Italiana y de cruceros de cualquier origen con destino a puertos españoles para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19.
3. La Orden TMA/278/2020 de 24 de marzo, por la que se establecen ciertas condiciones a los servicios de movilidad, en orden a la protección de personas, bienes y lugares.
BOE 141/2020, publicado el 19 de mayo.
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COVID-19. SECTOR AUDIOVISUAL. Convenio
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Resolución de 11 de mayo de 2020. Publica el Convenio con Acción Cultural Española, la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España y Netflix España, para colaborar en la puesta en marcha de proyecto de ayuda para el sector audiovisual en el marco de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
BOE 141/2020, publicado el 19 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Navegación marítima
17 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. AEROPUERTOS. Puntos de entrada
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Orden TMA/415/2020, de 17 de mayo. Amplía los aeropuertos designados como puntos de entrada con capacidad de atención a la emergencia de salud pública ocasionada por la enfermedad COVID-19.
BOE 139/2020, publicado el 17 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. AEROPUERTOS. Puntos de entrada
16 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Flexibilización de restricciones en la fase 2 del plan de la desescalada
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Orden SND/414/2020, de 16 de mayo. Establece las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
En el ámbito social, se realiza una flexibilización de las medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios y entierros, lugares de culto. Asimismo, se permite la celebración de bodas para un número limitado de asistentes.
En el ámbito del comercio minorista y de prestación de servicios, se podrá proceder a la reapertura al público de centros y parques comerciales, prohibiendo la permanencia en las zonas comunes o áreas recreativas y limitando el aforo de los establecimientos comerciales situados en ellos al cuarenta por ciento. También se amplía el número de puestos que pueden operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados, limitando al mismo tiempo la afluencia de clientes.
Con respecto a las actividades de hostelería y restauración, podrá procederse a la reapertura al público de estos establecimientos para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere el cuarenta por ciento de su aforo y se cumplan las medidas establecidas en esta orden.
Las comunidades autónomas podrán permitir las visitas de un familiar a viviendas tuteladas y a centros residenciales de personas con discapacidad, siempre que en estas residencias no haya casos confirmados de COVID-19 o alguno de los residentes esté en período de cuarentena y que se cumplan las medidas de higiene y prevención establecidas.
Se establecen igualmente las medidas aplicables en materia de ciencia e innovación relativas al reinicio de la actividad propia de las residencias de personal investigador, científico y técnico, así como las relativas al aforo permitido.
Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos que hubieran suspendido su apertura al público en virtud de la Orden SND/257/2020, siempre que no se supere un tercio de su aforo.
Se posibilita la reapertura de locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales bajo determinadas condiciones y se establecen igualmente las pautas y recomendaciones para la reanudación de la actividad de salas de exposiciones y centros con visita pública.
En el ámbito del deporte, se establecen las condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva profesional y federada.
Se establecen asimismo las condiciones para la apertura al público de las piscinas recreativas y se amplían a veinte personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza y se permite la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias sin que se supere la cifra de cincuenta asistentes y siempre que se respete la distancia física exigida de dos metros.
Esta orden entra en vigor a las 00:00 horas del 18 de mayo en todas las unidades territoriales que figuran en su anexo.
Modifica el título del artículo, el apartado 1 y el apartado 6 del artículo 8 y el apartado 1 del artículo 9 de la Orden SND/388/2020, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado y el apartado 1 del artículo 2, el apartado 2 del artículo 8, los artículos 10, 14, 17 y 33, la disposición adicional segunda y el anexo de la Orden SND/399/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Añade una nueva disposición adicional única de la Orden SND/388/2020, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado y un nuevo capítulo XV. Condiciones para el desarrollo de la actividad cinegética y la pesca deportiva y recreativa de la Orden SND/399/2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Suprime el capítulo I. Condiciones para la apertura al público de establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados de la Orden SND/388/2020, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.
BOE 138/2020, publicado el 16 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Inspección técnica de vehículos
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Orden SND/413/2020, de 15 de mayo. Establece medidas especiales para la inspección técnica de vehículos.
BOE 138/2020, publicado el 16 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Flexibilización de restricciones en la fase 2 del plan de la desescalada
15 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. Convalidación
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Resolución de 13 de mayo de 2020. Ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
BOE 136/2020, publicado el 15 de mayo.
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MEDIDAS URGENTES PARA LA RECUPERACIÓN DE LA ACTIVIDAD JUDICIAL TRAS EL COVID-19. Convalidación
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Resolución de 13 de mayo de 2020. Ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 16/2020, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
BOE 136/2020, publicado el 15 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Fronteras
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Orden INT/409/2020, de 14 de mayo. Prorroga los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 136/2020, publicado el 15 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. TRANSPORTE AÉREO Y MARÍTIMO. Puntos de entrada
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Orden TMA/410/2020, de 14 de mayo. Tiene por objeto limitar la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional.
BOE 136/2020, publicado el 15 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. Convalidación
14 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas
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Resolución de 8 de mayo de 2020. Acuerda la tramitación de la convocatoria de ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos, correspondientes a 2020, en aplicación del apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 135/2020, publicado el 14 de mayo
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Aviación civil
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Resolución de 8 de mayo de 2020. Emite exención, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Reglamento (UE) 2018/1139, para la extensión de los periodos de validez de las verificaciones de línea y de los entrenamientos periódicos de gestión de recursos de cabina de las tripulaciones de vuelo de los operadores de transporte aéreo comercial, en relación con la situación creada por la crisis global del coronavirus COVID-19.
BOE 135/2020, publicado el 14 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas
13 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas sociales en defensa del empleo
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Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo. Prorroga los ERTE por fuerza mayor hasta el 30 de junio de 2020 para aquellas empresas que no puedan reanudar su actividad por causas de fuerza mayor. Las empresas que puedan recuperar parcialmente su actividad podrán proceder a la incorporación de personas trabajadoras, afectadas por ERTE, primando los ajustes en términos de reducción de jornada. Las empresas deberán comunicar a la autoridad laboral la renuncia total, en su caso, al ERTE en un plazo de quince días y al SEPE las variaciones en los datos de personas trabajadoras incluidas en esos expedientes.
Modifica la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020, que garantiza el compromiso del mantenimiento del empleo, por parte de las empresas, en un plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de su actividad, entendiendo por tal la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando esta sea parcial o sólo afecte a parte de la plantilla.
Además, introduce dos cláusulas que aluden al reparto de dividendos y a la transparencia fiscal. Las empresas y entidades que tengan su domicilio fiscal en paraísos fiscales no podrán acogerse a la prórroga de los ERTE por fuerza mayor y las empresas y entidades que se acojan a los beneficios derivados de la prórroga de los ERTE por fuerza mayor no podrán proceder al reparto de dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación de los ERTE, excepto si devuelven la parte correspondiente a la exoneración aplicada a cuotas de la Seguridad Social.
Por otra parte, se mantiene la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social para las empresas que continúen en ERTE de fuerza mayor total, exoneración que será del 75% para empresas de 50 o más trabajadores. Para las empresas inmersas en un ERTE por fuerza mayor parcial se establecen diferentes tramos, en función del mes, del número de personas trabajadoras de la empresa y de su afectación por el ERTE, que incentivan el retorno a la actividad siguiendo las medidas sanitarias. Para los trabajadores que reanudan su actividad la exoneración será del 85% en mayo y del 70% en junio (empresas con menos de 50 trabajadores a 29 de febrero de 2020). En empresas de 50 o más trabajadores la exención alcanzará el 60% en mayo y el 45% en junio. Respecto a trabajadores que continúen con sus actividades suspendidas, en un ERTE de fuerza mayor parcial, la exoneración será del 60%, en mayo, y del 45% en junio (empresas con menos de 50 trabajadores) y del 45% en mayo y del 30% en junio (empresas de 50 o más trabajadores).
Por último, se contempla la creación de una Comisión de Seguimiento tripartita laboral del proceso de desconfinamiento entre los Ministerios de Trabajo y Economía Social, Inclusión y Agentes Sociales (CEOE, CEPYME, UGT y CCOO) para el seguimiento de medidas en la fase de excepcionalidad atenuada.
Modifica el apartado 1 del artículo 24 y la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 y la disposición final tercera del Real Decreto-ley 9/2020 por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.
Añade un nuevo apartado 5 al artículo 24 del Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
BOE 134/2020, publicado el 13 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Instituciones Penitenciarias
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Orden INT/407/2020, de 12 de mayo. Adopta medidas para flexibilizar las restricciones establecidas en el ámbito de Instituciones Penitenciarias al amparo del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Deroga la Orden INT/227/2020 en relación con las medidas que se adoptan en el ámbito de Instituciones Penitenciarias al amparo del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 134/2020, publicado el 13 de mayo.
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CERTIFICACIÓN DE PROVEEDORES DE SERVICIOS DE TRÁNSITO AÉREO
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Real Decreto 515/2020, de 12 de mayo. Regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios y funciones de gestión de tránsito aéreo y de navegación aérea, así como su control normativo. Deroga el Real Decreto 931/2010 por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios de navegación aérea y su control normativo.
BOE 134/2020, publicado el 13 de mayo.
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ABOGADOS. Pruebas de acceso a la profesión 2020
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Resolución de 11 de mayo de 2020. Procede al alzamiento de la suspensión de la realización de la prueba de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado y se acuerda la convocatoria de la prueba.
BOE 134/2020, publicado el 13 de mayo.
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BANCO DE ESPAÑA / IBERPAY. Depósito auxiliar de efectivo de billetes
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Resolución de 29 de abril de 2020. Publica el Convenio suscrito entre el Banco de España y la Sociedad Española de Sistemas de Pago, SA (Iberpay), para el establecimiento de un depósito auxiliar de efectivo de billetes al objeto de facilitar al sector financiero determinadas operaciones relacionadas con el tratamiento y recirculación de billetes.
BOE 134/2020, publicado el 13 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas sociales en defensa del empleo
12 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Fronteras
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Orden INT/401/2020, de 11 de mayo. Restablecen temporalmente los controles en las fronteras interiores aéreas y marítimas, con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 133/2020, publicado el 12 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Aviación civil
Ver documento
Resolución de 5 de mayo de 2020. Emite exención, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Reglamento (UE) 2018/1139, para la extensión de la validez y otros períodos de tiempo, relativos a las licencias, habilitaciones, atribuciones, anotaciones y certificados de pilotos, instructores, examinadores y TCP para la reducción del impacto negativo sobre la aviación comercial y general, ocasionado por la crisis global del coronavirus COVID-19.
BOE 133/2020, publicado el 12 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Material sanitario
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Orden SND/402/2020, de 10 de mayo. Establece medidas especiales para garantizar el abastecimiento de antisépticos para la piel sana que contengan digluconato de clorhexidina en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 133/2020, publicado el 12 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Cuarentena de personas procedentes de otros países
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Orden SND/403/2020, de 11 mayo. Establece las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de otros países a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
BOE 133/2020, publicado el 12 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas de vigilancia epidemiológica
Ver documento
Orden SND/404/2020, de 11 de mayo. Adopta medidas de vigilancia epidemiológica de la infección por SARS-CoV-2 durante la fase de transición hacia una nueva normalidad.
BOE 133/2020, publicado el 12 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Fronteras
11 de mayo de 2020
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RECURSOS FITOGENÉTICOS
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Real Decreto 429/2020, de 3 de marzo. Aprueba el Reglamento sobre acceso a los recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación y a los cultivados para utilización con otros fines, y se modifican diversos reales decretos en materia de productos vegetales. Modifica el primer párrafo del artículo 7.2 del Real Decreto 818/2018 sobre medidas para la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos.
Añade:
1. Un párrafo final al artículo 2.5 y un apartado 5 al artículo 52 del Reglamento de protección de obtenciones vegetales aprobado por Real Decreto 1261/2005.
2. Una nueva letra d) al artículo 3.1 del Reglamento para la autorización y registro de los productores de semillas y plantas de vivero y su inclusión en el Registro nacional de productores, aprobado por Real Decreto 1891/2008.
3. Un párrafo final al artículo 3.9 y un apartado 3 al artículo 37 del Reglamento del Registro de Variedades Comerciales aprobado por Real Decreto 170/2011.
BOE 132/2020, publicado el 11 de mayo.
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RECURSOS FITOGENÉTICOS
10 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Flexibilización de restricciones en la fase 1 del plan de la desescalada
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Orden SND/399/2020, de 9 de mayo. Establece las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas por el estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.
En el ámbito social, se permite circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada. Asimismo, se flexibilizan las medidas para la contención de la enfermedad aplicables a los velatorios y entierros, y se permite la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo.
En el ámbito del comercio minorista y de prestación de servicios, se mantiene la apertura de los locales y establecimientos minoristas siempre que tengan una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados, y con excepción de aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior. Asimismo, podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie de exposición, así como las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal. Igualmente, se establecen las condiciones de seguridad e higiene aplicables al abastecimiento de productos alimentarios y de primera necesidad, a través de la red de suministro de venta ambulante (mercadillos).
Con respecto al desarrollo de las actividades de hostelería y restauración se establece la reapertura al público de las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración. La ocupación máxima permitida será de diez personas por mesa o agrupación de mesas, limitándose al cincuenta por ciento el número de mesas permitidas con respecto al año inmediatamente anterior.
Se establecen las condiciones en las que podrán proceder a su reapertura al público los hoteles y establecimientos turísticos. Así, entre otros aspectos se permite que se puedan llevar a cabo los servicios de restauración y cafetería cuando ello sea necesario para la correcta prestación del servicio de alojamiento, y exclusivamente con respecto a los clientes hospedados. Dicho servicio no podrá prestarse en las zonas comunes, que permanecerán cerradas.
En materia de servicios sociales se dispone la apertura de todos los centros recogidos en el Catálogo de Referencia de Servicios Sociales.
En materia de educación y cultura se podrá proceder a la apertura de los centros educativos y universitarios para su desinfección, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas. Igualmente, se dispone la reapertura de los laboratorios universitarios. En las bibliotecas públicas de la red estatal, autonómica, municipal y universitaria se permitirán las actividades de préstamo y devolución de obras, lectura en sala, así como de información bibliográfica y bibliotecaria y se posibilita la reapertura de los museos, de cualquier titularidad y gestión, reduciéndose a un tercio el aforo previsto para cada una de sus salas y espacios públicos. También se señalan las condiciones en las que pueden volver a realizarse producciones audiovisuales.
En materia de práctica deportiva, se establecen las condiciones en las que los deportistas profesionales, de alto nivel, de alto rendimiento, de interés nacional y deportistas federados pueden realizar su actividad deportiva durante esta fase.
Finalmente, se dispone que se podrán volver a realizar las actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta diez personas, debiendo concertarse estas actividades preferentemente mediante cita previa.
Esta orden entra en vigor a las 00:00 horas del 11 de mayo en todas las unidades territoriales que figuran en su anexo.
Modifica el apartado 2 del artículo 2 y el apartado 2 del artículo 5 de la Orden SND/380/2020 sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Añade un nuevo párrafo al apartado 1 del artículo 2 de la Orden SND/370/2020 sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y un nuevo artículo 10 bis en la Orden SND/388/2020 por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.
Deroga la Orden SND/386/2020, por la que se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de la actividad de comercio minorista y de prestación de servicios, así como de las actividades de hostelería y restauración en los territorios menos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 130/2020, publicado el 9 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Condiciones en materia de movilidad a aplicar en la fase 1 del plan de la desescalada
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Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo. Establece las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura.
Esta orden entra en vigor a las 00:00 del día 11 de mayo de 2020.
Modifica el artículo 2 de la Orden TMA/384/2020 por la que se dictan instrucciones sobre utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Deroga:
1. El apartado 1.vi) del artículo 2 de la Orden TMA/273/2020 por la que se dictan instrucciones sobre reducción de los servicios de transporte de viajeros.
2. Las condiciones para la prestación de los servicios aéreos establecidas por Resolución de 10 de abril de 2020, por la que se establecen las condiciones para la prestación, y se adjudica de forma directa, el servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del archipiélago canario durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19, desde el momento en que alguna compañía aérea inicie la operación de los servicios en las Islas Canarias previstos en esta orden. Hasta que esto suceda, se seguirán aplicando las condiciones de prestación de los servicios establecidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden.
3. Las condiciones para la prestación de los servicios aéreos en las rutas Palma de Mallorca-Menorca y Palma de Mallorca-Ibiza establecidas por Resolución de fechas 20 de marzo 2020, 27 de marzo de 2020 y 8 de abril de 2020, respectivamente, desde el momento en que alguna compañía aérea inicie la operación de los servicios en las Islas Baleares previstos en esta orden. Hasta que esto suceda, se seguirán aplicando las condiciones de prestación de los servicios establecidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden.
BOE 131/2020, publicado el 10 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Flexibilización de restricciones en la fase 1 del plan de la desescalada
9 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. ASOCIACIONES DE UTILIDAD PÚBLICA. Rendición de cuentas
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Orden INT/395/2020, de 8 de mayo. Amplía el plazo de rendición de cuentas de las asociaciones de utilidad pública de ámbito estatal debido a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
BOE 129/2020, publicado el 9 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Fronteras
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Orden INT/396/2020, de 8 de mayo. Prorroga los controles en las fronteras interiores terrestres con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 129/2020, publicado el 9 de mayo.
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PRÓRROGA DEL ESTADO DE ALARMA
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Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo. Prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. La prórroga establecida en este real decreto se extenderá desde las 00:00 horas del día 10 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020.
Añade un nuevo apartado 1 bis al artículo 7 y una nueva disposición adicional séptima del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 129/2020, publicado el 9 de mayo.
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PRÓRROGA DEL ESTADO DE ALARMA. Autorización
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Resolución de 6 de mayo de 2020. Ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE 129/2020, publicado el 9 de mayo.
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TERCER TRAMO DE LA LÍNEA DE AVALES PARA GARANTIZAR LA LIQUIDEZ Y REFORZAR LA FINANCIACIÓN EMPRESARIAL
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Resolución de 6 de mayo de 2020. Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de mayo de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del tercer tramo de la línea de avales a préstamos concedidos a empresas y autónomos, a los pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) y a los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, SME, Sociedad Anónima (CERSA), y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria.
Se refuerza la protección de las empresas y autónomos estableciendo que las entidades financieras no podrán repercutir ningún coste financiero o gasto sobre los importes no dispuestos y se refuerza también la obligación de las empresas beneficiarias de los avales de emplear la financiación obtenida para hacer frente a las necesidades de liquidez, no pudiendo emplearla para el reparto de dividendos.
BOE 129/2020, publicado el 9 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Esquema de seguridad laboral y plan de desescalada
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Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo. Aprueba el esquema de seguridad laboral y el plan de desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.
BOE 129/2020, publicado el 9 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. ASOCIACIONES DE UTILIDAD PÚBLICA. Rendición de cuentas
8 de mayo de 2020
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RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. ANDALUCÍA. Decreto-ley 2/2020 de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva
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Recurso de inconstitucionalidad n.º 1998-2020. Admite a trámite el recurso promovido en relación con el artículo 13 (modificación de la Ley 14/2007 del Patrimonio Histórico de Andalucía), con exclusión de su párrafo primero, y el artículo 28 (modificación de la Ley 10/2018 Audiovisual de Andalucía), apartados 4, 6, 11, 12, 13, 14 y 15, del Decreto-ley 2/2020 de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía. Suspende la vigencia y aplicación del artículo 13, con exclusión de su párrafo primero, y los apartados 6, 11, 12, 13, 14 y 15 del artículo 28 del Decreto-ley 2/2020, desde la fecha de interposición del recurso –22 de abril de 2020–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
BOE 128/2020, publicado el 8 de mayo.
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RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. Estado de alarma y medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres
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Recurso de inconstitucionalidad n.º 2054-2020. Admite a trámite el recurso promovido en relación con los artículos 7 (limitación de la libertad de circulación de las personas), 9 (medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación), 10 (medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativas, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales) y 11 (medidas de contención en relación con los lugares de culto y con las ceremonias civiles y religiosas) del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis ocasionada por el COVID-19; Real Decreto 465/2020, en cuanto modifica el artículo 7 del Real Decreto 463/2020; Reales Decretos 476/2020, 487/2020 y 492/2020, en cuanto aprueban sucesivas prórrogas del estado de alarma; Real Decreto 492/2020, además, en cuanto da nueva redacción al artículo 7 del Real Decreto 463/2020; y Orden SND/298/2020, por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19.
BOE 128/2020, publicado el 8 de mayo.
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CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General y Ley 14/1966 de Prensa e Imprenta
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1478-2020. Admite a trámite la cuestión planteada respecto del artículo 153.1 (infracciones electorales) de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG), en relación con los artículos 53 (período de prohibición de campaña electoral) y 50.4 (disposiciones generales sobre la campaña electoral) LOREG y artículos 34 (director) y 39 (responsabilidad del director) de la Ley 14/1966 de Prensa e Imprenta, por posible vulneración de los artículos 9.3 y 25.1 CE.
BOE 128/2020, publicado el 8 de mayo.
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CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. PAÍS VASCO. Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1772-2020. Admite a trámite la cuestión planteada en relación con el artículo 3.4 (derechos de las personas) de la Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, por posible vulneración del artículo 149.1.6 C.E.
BOE 128/2020, publicado el 8 de mayo.
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ENDEUDAMIENTO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y ENTIDADES LOCALES. Principio de prudencia financiera
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Resolución de 7 de mayo de 2020. Actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017 por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
BOE 128/2020, publicado el 8 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. TC. Suspensión de plazos procesales y administrativos
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Acuerdo de 6 de mayo de 2020. El Tribunal Constitucional adopta las siguientes medidas: (i) en todos los procesos constitucionales que ya estuvieran iniciados, los términos y plazos que han quedado suspendidos por aplicación del acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional de 16 de marzo de 2020, volverán a computarse desde su inicio, siendo por tanto el primer día del cómputo el siguiente hábil a aquél en el que se levante la suspensión de los procedimientos. (ii) Los plazos para la interposición de nuevos recursos en toda clase de procesos constitucionales serán los establecidos en la Ley Orgánica 2/1979 del Tribunal Constitucional, computándose como en el apartado anterior. (iii) Se mantiene el régimen ordinario de días y horas hábiles, por lo que el mes de agosto será inhábil para la interposición de recursos de amparo contra resoluciones judiciales y administrativas, sin perjuicio de la voluntaria presentación de escritos a través del registro electrónico. La inhabilidad no alcanza a las actuaciones que, por su carácter, no puedan dilatarse hasta la reanudación de la actividad ordinaria del tribunal, y en todo caso a los incidentes de suspensión, conforme al mencionado acuerdo.
BOE 128/2020, publicado el 8 de mayo.
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RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD. Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
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Recursos de inconstitucionalidad n.º 1813 y 2035-2020. Acuerda admitir a trámite los recursos de inconstitucionalidad promovidos contra la disposición final segunda del Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
BOE 128/2020, publicado el 8 de mayo.
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UE. INFORMACIÓN ELECTRÓNICA RELATIVA AL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
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Posición 7/2020, de 7 de abril. La emite el Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de un reglamento sobre información electrónica relativa al transporte de mercancías. Este reglamento establece un marco jurídico para la comunicación por vía electrónica de información reglamentaria relativa al transporte de mercancías en el territorio de la Unión entre los operadores económicos interesados y las autoridades competentes.
DOUE C 157/2020, publicado el 8 de mayo.
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RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. ANDALUCÍA. Decreto-ley 2/2020 de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva
7 de mayo de 2020
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TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL
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Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. Aprueba el texto refundido de la Ley Concursal que busca la preparación de la norma para su futura actualización con la incorporación en un futuro inmediato de la Directiva europea sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas. También permite poner en marcha futuras reformas normativas para paliar los efectos económicos sobre las empresas que pueda generar la actual crisis del COVID-19, que podrán sumarse a las medidas excepcionales ya adoptadas en el Real Decreto-ley 16/2020.
Este nuevo texto refundido cuenta con un total de 752 artículos divididos en tres libros: concurso de acreedores, derecho preconcursal y derecho internacional privado y entrará en vigor el 1 de septiembre de 2020.
Deroga:
1. Los artículos 1 a 242 bis, así como las disposiciones adicionales segunda, segunda bis, segunda ter, cuarta, quinta, sexta, séptima y octava y las disposiciones finales quinta y sexta de la Ley 22/2003 Concursal.
No obstante, la derogación de sus disposiciones adicionales y finales señaladas en el párrafo anterior no afectará a los contenidos de las leyes modificadas por las mismas, que se mantienen en sus términos actualmente vigentes.
2. La disposición adicional tercera de la Ley 36/2003 de Medidas de Reforma Económica.
3. La letra d) del apartado 1 de la disposición derogatoria única del Real Decreto Legislativo 7/2004 por el que se aprueba el texto refundido del estatuto legal del Consorcio de Compensación de Seguros.
4. La disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 5/2005 de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública.
5. La disposición adicional primera; apartados 1 y 2 de la disposición final tercera de la Ley 6/2005 sobre Saneamiento y Liquidación de las Entidades de Crédito.
6. El Capítulo III (artículos 6 a 12); disposiciones adicionales primera, segunda y tercera; disposiciones transitorias segunda a octava del Real Decreto-ley 3/2009 de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica.
7. El artículo decimoséptimo de la Ley 13/2009 de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
8. La disposición final tercera de la Ley 11/2011 de reforma de la Ley 60/2003 de arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración General del Estado.
9. La disposición final sexta de la Ley 9/2012 de Reestructuración y Resolución de Entidades de Crédito.
10. El artículo 10 del Real Decreto-ley 11/2013 para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social.
11. El artículo 21; artículo 31; apartado 18 del artículo 34; disposición transitoria de la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización.
12. La disposición final séptima de la Ley 26/2013 de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias.
13. El artículo 10 de la Ley 1/2014 para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social.
14. El artículo único del Real Decreto-ley 4/2014 por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial.
15. El artículo único del Real Decreto-ley 11/2014 por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial.
16. El artículo único de la Ley 17/2014 por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial.
17. El artículo 1; disposiciones adicionales primera, segunda y tercera; y disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 1/2015 de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.
18. La disposición final primera de la Ley 5/2015 de Fomento de la Financiación Empresarial.
19. La disposición final quinta de la Ley 9/2015 de Medidas Urgentes en Materia Concursal.
20. La disposición final quinta de la Ley 11/2015 de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
21. La disposición final quinta de la Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
22. El artículo 1 y disposición transitoria primera de la Ley 25/2015 de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.
23. La disposición final quinta de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOE 127/2020, publicado el 7 de mayo.
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MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Estructura orgánica básica
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Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo. Desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte.
Modifica el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento del Consejo de Cooperación Bibliotecaria y los apartados 1 y 3 del artículo 5 del Real Decreto 1708/2011 por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos y su régimen de acceso.
Deroga el Real Decreto 817/2018 por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte y se modifica el Real Decreto 595/2018 por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
BOE 127/2020, publicado el 7 de mayo.
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TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL
6 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario
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Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo. Aprueba medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019. Entre las medidas que regula el Real Decreto-ley (i) se habilita un acceso extraordinario a la prestación por desempleo para los trabajadores de la cultura; (ii) las artes escénicas (danza, teatro, circo y música) y los exhibidores de cine van a disponer de fondos de ayudas, específicamente dedicados a proporcionar apoyo económico durante la suspensión de actividad y la desescalada; (iii) se refuerza el apoyo al sector del libro y a las bellas artes; (iv) se mejoran a su vez los incentivos al mecenazgo y a la producción audiovisual; y, (v) se prorrogan las becas y ayudas a deportistas vinculadas a resultados de las competiciones.
Por último, se deroga el sistema de horquillas para precios públicos de matriculación en las enseñanzas universitarias.
Modifica:
1. Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2020, los apartados 1 y 2 del artículo 36 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.
2. Con efectos desde el 1 de enero de 2020 el apartado 1 del artículo 19 de la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
3. El apartado 2 de la disposición final primera del Real Decreto-ley 3/2017 por el que se modifica la Ley Orgánica 3/2013 de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, y se adapta a las modificaciones introducidas por el Código Mundial Antidopaje de 2015.
4. El apartado dos de la disposición adicional sexagésima cuarta de la Ley 3/2017 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
5. El apartado dos de la disposición adicional septuagésima sexta y del apartado dos de la disposición adicional octogésima séptima de la Ley 6/2018 para ampliar la duración del apoyo a los acontecimientos «Andalucía Valderrama Masters» y «Año Santo Jacobeo 2021».
6. El párrafo b) del apartado 3 del artículo 81 de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades.
7. El párrafo segundo del apartado 4 del artículo 26 del Real Decreto-ley 15/2020 de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
8. Los apartados 2 y 3 del artículo 33 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014.
9. El último párrafo del apartado 4 del artículo 34 del Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Añade un párrafo final al apartado 1 del artículo 34 y un párrafo final al apartado 7 del artículo 34, del Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
BOE 126/2020, publicado el 6 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Subvenciones a explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización
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Real Decreto 508/2020, de 5 de mayo. Establece las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones estatales destinadas en el ejercicio 2020 a las explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización de corderos y cabritos, durante los meses de marzo y abril, como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas.
BOE 126/2020, publicado el 6 de mayo.
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RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS
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Orden PCM/390/2020, de 5 de mayo. Modifica el anexo III del Real Decreto 219/2013 sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.
BOE 126/2020, publicado el 6 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Competiciones deportivas
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Resolución de 4 de mayo de 2020. Aprueba y publica el protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales.
BOE 126/2020, publicado el 6 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario
5 de mayo de 2020
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IRPF. Actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. Corrección de errores
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Corrección de errores de la Orden HAC/329/2020, de 6 de abril. Advertidos errores en el anexo de la Orden por la que se reducen para el período impositivo 2019 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 99, de 9 de abril de 2020, se procede a efectuar la oportuna rectificación.
BOE 125/2020, publicado el 5 de mayo.
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Estructura orgánica básica
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Real Decreto 500/2020, de 28 de abril. Desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Modifica el apartado 2 de la disposición adicional séptima del Real Decreto 139/2020 por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Deroga el Real Decreto 864/2018 por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Real Decreto 40/2017 por el que se crea el Comisionado del Gobierno frente al Reto Demográfico y se regula su régimen de funcionamiento.
BOE 125/2020, publicado el 5 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Material sanitario
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Resolución de 2 de mayo de 2020. Publica los Acuerdos de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, de 28 de abril de 2020, por los que se determinan importes máximos de venta al público en aplicación de lo previsto en la Orden SND/354/2020 por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19.
BOE 125/2020, publicado el 5 de mayo.
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IRPF. Actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. Corrección de errores
4 de mayo de 2020
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. EMPLEADOS DE HOGAR. Subsidio extraordinario por falta de actividad
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Resolución de 30 de abril de 2020. Desarrolla el procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social regulado en el Real Decreto-ley 11/2020, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
BOE 124/2020, publicado el 4 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. Subsidio excepcional por desempleo
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Resolución de 1 de mayo de 2020. Establece el procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio excepcional por desempleo regulado en el artículo 33 del Real Decreto-ley 11/2020, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19
BOE 124/2020, publicado el 4 de mayo.
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COVID-19. ESTADO DE ALARMA. EMPLEADOS DE HOGAR. Subsidio extraordinario por falta de actividad