Novedades legislativas

25 de abril de 2024
  • NORMAS TÉCNICAS DE AUDITORÍA

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    Resolución de 11 de abril de 2024. Publica la actualización de las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España (NIA-ES), las Normas de Control de Calidad Interno, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Gestión de Calidad 1 y 2 para su aplicación en España (NIGC 1-ES y NIGC 2-ES) y el glosario de términos, resultado de la adaptación del publicado junto con estas normas internacionales para su aplicación en España. Deroga el contenido anterior de las normas NIA-ES y NIGC-ES y del glosario de términos publicados por Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 15 de octubre de 2013, de 23 de diciembre de 2016, de 27 de octubre de 2020, de 9 de febrero de 2021 [únicamente en la parte relativa a la modificación de la NIA-ES 700 (revisada) formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros], de 14 de octubre de 2021, de 20 de abril de 2022 y de 20 de diciembre de 2023.

    BOE 101/2024, publicado el 25 de abril. 

24 de abril de 2024
  • REGISTRO CENTRAL DE DELINCUENTES SEXUALES

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    Real Decreto 407/2024, de 23 de abril. Modifica el título, el apartado 1 del artículo 1, los apartados 1 y 2 del artículo 3, el apartado 1 del artículo 4, el apartado 1 del artículo 5, los apartados 1 y 2 del artículo 6, el artículo 8, los apartados 2, 3, 4 y 6 del artículo 9 y los artículos 10 y 11 del Real Decreto 1110/2015, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

    BOE 100/2024, publicado el 24 de abril.

  • MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Estructura orgánica básica

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    Real Decreto 409/2024, de 23 de abril. Desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo.

    Modifica el apartado 1 del artículo 9 del Real Decreto 1009/2023, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y la letra a) del apartado 4 del artículo 12 y la letra o) del apartado 1 del artículo 14 del Real Decreto 204/2024, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal.

    Añade al apartado 1 de la disposición adicional séptima un nuevo párrafo n) del Real Decreto 1009/2023 y una nueva letra dd) en el apartado 1 del artículo 12 del Real Decreto 204/2024, ya mencionados.

    Deroga el Real Decreto 998/2018, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

    BOE 100/2024, publicado el 24 de abril.

  • MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Estructura orgánica básica

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    Real Decreto 410/2024, de 23 de abril. Desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. Modifica el artículo 15 del Real Decreto 1009/2023, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Deroga el Real Decreto 403/2020, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio Asuntos Económicos y Transformación Digital.

    BOE 100/2024, publicado el 24 de abril.

23 de abril de 2024
  • TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. Normas de reparto

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    Acuerdo de 11 de abril de 2024. Publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, relativo a la aprobación de las normas de distribución de asuntos entre las secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo para el año 2024.

    BOE 99/2024, publicado el 23 de abril.

  • TC. CATALUÑA. VIOLENCIA MACHISTA

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    Sentencia del Tribunal Constitucional de 12 de marzo de 2024. Declara inconstitucional y nulo el artículo 16 de la Ley del Parlamento de Cataluña 17/2020, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista que impone obligaciones orgánicas y funcionales respecto de la prevención, detección y actuación ante la violencia machista a los partidos políticos que operen en Cataluña. 

    BOE 99/2024, publicado el 23 de abril.

  • TC. GIPUZKOA. IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

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    Sentencia del Tribunal Constitucional de 12 de marzo de 2024. Declara inconstitucionales y nulos los artículos 4.1, segundo párrafo, 4.2 a) y 4.3 que establecen un sistema objetivo y de imperativa aplicación para la determinación de la base imponible de la Norma Foral 16/1989, del territorio histórico de Gipuzkoa, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en redacción anterior a la modificación operada por el Decreto Foral-Norma 7/2021.

    BOE 99/2024, publicado el 23 de abril.

22 de abril de 2024
20 de abril de 2024
  • TS. COSTAS

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    Sentencia del Tribunal Supremo de 31 de enero de 2024. Declara nulo de pleno derecho el Real Decreto 668/2022, por el que se Modifica el Reglamento General de Costas, por no estar ajustado al ordenamiento jurídico.

    BOE 97/2024, publicado el 20 de abril.

  • TRATADOS Y OTROS ACUERDOS INTERNACIONALES

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    Resolución de 15 de abril de 2024. Hace públicas, para conocimiento general, las comunicaciones relativas a tratados internacionales multilaterales en los que España es parte, que se han recibido en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación desde la publicación anterior (BOE núm. 306 de 23 de diciembre de 2023) hasta el 5 de abril de 2024.

    BOE 97/2024, publicado el 20 de abril.

19 de abril de 2024
18 de abril de 2024
  • MINISTERIO DE CULTURA. Estructura básica. Corrección de errores

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    Corrección de errores del Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo. Advertido error en el Real Decreto por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 76, de 27 de marzo de 2024, se procede a efectuar la oportuna rectificación.

    BOE 95/2024, publicado el 18 de abril.

  • TS. ARANCEL DE DERECHOS DE LOS PROCURADORES DE LOS TRIBUNALES

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    Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de abril de 2024. Anula el Real Decreto 307/2022, que modifica el Real Decreto 1373/2003, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales por ser contrario a Derecho.

    BOE 95/2024, publicado el 18 de abril.

17 de abril de 2024
  • PLAN DE VIVIENDA. PRÉSTAMOS CUALIFICADOS. Tipos de interés efectivos

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    Resolución de 10 de abril de 2024. Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de marzo de 2024, por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco del Programa 1997 del Plan de vivienda 1996-1999, Plan de vivienda 1998-2001, Plan de vivienda 2002-2005 y Plan de vivienda 2005-2008.

    BOE 94/2024, publicado el 17 de abril.

16 de abril de 2024
  • DGSJFP. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE UNA S.L.

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    Resolución de 22 de marzo de 2024. Solicitada la inscripción de acuerdos de disolución y liquidación adoptados por junta general de una S.L. son objeto de calificación negativa. La Registradora Mercantil achaca tres defectos a la convocatoria que, a su juicio, la invalidan.

    La DGSJFP indica que el primer defecto hace referencia al hecho de que la convocatoria fue remitida al socio por el «Colegio de Abogados de Palma» y no por el administrador o por la propia sociedad. Para la DGSJFP el defecto no puede ser mantenido. De la documentación que consta protocolizada en la escritura pública de elevación de los acuerdos sociales resulta un primer documento encabezado por quien se identifica como abogado y letrado del socio administrador convocante y dirigido al otro socio a quien se dice que «envío la convocatoria». De dicho documento (que no está firmado por quien lo encabeza), no resulta que su autor sea quien realiza la convocatoria. sino que se limita a enviarla al socio convocado. el hecho de que el envío haya sido gestionado por un tercero (el Colegio de Abogados), no altera el hecho de que ha sido el administrador solidario de la sociedad el que ha llevado a cabo la convocatoria y el que en tal condición se dirige al socio a quien va dirigido el envío. Para la DGSJFP no existe conculcación de la previsión del artículo 166 de la LSC por lo que procede la estimación del motivo con revocación de la nota en este punto.

    La DGSJFP explica que la resolución de la Registradora achaca al escrito de convocatoria el defecto de que no especifica la causa legal de disolución por el que se convoca a los socios a junta general. Además, reprocha que la junta general no se limita a aprobar la disolución de la sociedad sino que adopta también los acuerdos propios de la liquidación, sin estar prevista dicha posibilidad en la convocatoria.  Para la DGSJFP de la regulación de la LSC resulta que concurriendo causa legal de disolución (artículo 363), cualquiera que sea esta, corresponde al órgano de administración la obligación de convocar a la junta general para que los socios así lo acuerden (artículo 365.1). Solo si la convocatoria prevé la posibilidad de que se remueva la causa de disolución exige la ley que la convocatoria comprenda los particulares precisos para que los socios puedan acordar al respecto (artículo 365.2). No existe en consecuencia indeterminación sobre el asunto a que son llamados los socios a pronunciarse como no existe indeterminación sobre la inexistencia de afectación de los derechos individuales habida cuenta de que el acuerdo de disolución, por sí mismo y cualquiera que sea la causa concurrente, no afecta a dicha condición al abrirse el período de liquidación (artículo 371), momento en el que sí que se pueden afectar los derechos individuales de los socios; lo que nos lleva a la cuestión de los acuerdos relativos a la liquidación y extinción de la sociedad.

    Para la DGSJFP resulta diáfana la conclusión de que la junta general no puede pronunciarse sobre las operaciones de liquidación ni sobre las cuestiones a que se refiere el artículo 390.1 sin que el orden del día de la junta convocada así lo prevea. El recurrente afirma en su escrito de recurso que de la convocatoria se infiere que se iba a tratar igualmente de la liquidación de la sociedad y que así debe interpretarse la referencia a la apertura de la fase de liquidación; pero lo que resulta es exactamente lo contrario pues ni resulta que la junta general sea convocada para tratar de la extinción de la sociedad ni que sea llamada para pronunciarse en los términos del artículo 390.1 de la Ley de Sociedades de Capital. Para la DGSJFP resulta claramente que la afección a los intereses de los socios que derivan de las cuestiones a dilucidar (aprobación del balance final, del informe sobre las operaciones de liquidación y proyecto de división del activo resultante), exige que no quede resquicio de duda sobre el hecho de que son llamados a pronunciarse al respecto. La DGSJFP indica que basta con tener en cuenta que la conversión de la cuota de capital en cuota de liquidación en función de lo aprobado en la junta general supone una modificación drástica de la posición del socio en la sociedad que se extingue (artículos 392. 1, 393 y 394 de la Ley de Sociedades de Capital). La DGSJFP indica que procede la confirmación de la nota de la Registradora en este punto.

    La DGSJFP ha acordado desestimar parcialmente el recurso y confirmar parcialmente la nota de calificación de la Registradora.

    BOE 93/2024, publicado el 16 de abril.

15 de abril de 2024
  • ACTIVOS FINANCIEROS. Calificación tributaria

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    Resolución de 12 de abril de 2024. Publica el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre natural del año 2024, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

    BOE 91/2024, publicado el 13 de abril

12 de abril de 2024
  • RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD. Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda

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    Recursos de inconstitucionalidad nº 1278 y 1306-2024. Admite a trámite los recursos promovidos por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña y la Xunta de Galicia, contra los artículos 2, letras c), d), e), f), g), h), i), j), m), n), o), p), q), r) y s) (fines de las políticas públicas de vivienda); 3 (definiciones); 11.2 (contenido del derecho de propiedad de la vivienda: deberes y cargas); 12 (acción del Estado en materia de vivienda, rehabilitación, regeneración y renovación urbana); 15, apartados 1 d) y 4 (derecho de acceso a la vivienda y ordenación territorial y urbanística); 16 (vivienda protegida); 17 (vivienda asequible incentivada); 18, apartados 1, 2, 3, 4, 5 y 6 (declaración de zonas de mercado residencial tensionado); 19.2 y 3 (colaboración y suministro de información de los grandes tenedores en zonas de mercado residencial tensionado); 23 (planificación y programación estatal en materia de vivienda); 24 (planes estatales en materia de vivienda y rehabilitación, regeneración y renovación urbana y rural); 27, apartados 1, párrafo tercero, 2 y 3 (concepto, finalidad y financiación); 28 (criterios orientadores en la gestión de los parques públicos de vivienda) y 29 (destino de los parques públicos de vivienda); disposición adicional tercera (revisión de los criterios para la identificación de zonas de mercado residencial tensionado); disposición transitoria primera, párrafo segundo (viviendas calificadas con algún régimen de protección pública con anterioridad a la entrada en vigor de la ley); disposición transitoria segunda (objetivos en relación con el parque de vivienda destinado a políticas sociales); disposición transitoria tercera (procedimientos suspendidos en virtud de los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19); y disposición final quinta (modificación de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil) y séptima (títulos competenciales) de la Ley 12/2023, por el Derecho a la Vivienda.

    BOE 90/2024, publicado el 12 de abril.

  • ENTIDADES PARTICIPANTES EN TARGET2

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    Resolución de 31 de marzo de 2024. Publica la relación de participantes en TARGET-Banco de España.

    BOE 90/2024, publicado el 12 de abril.

  • MERCADO ELECTRICIDAD. Procedimientos de operación del sistema. Corrección de errores

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    Resolución de 9 de abril de 2024. Corrige errores en la Resolución de 6 de marzo de 2024, por la que se modifican procedimientos de operación eléctricos para la participación de la demanda y el almacenamiento en los servicios de no frecuencia y en la solución de restricciones técnicas e integración de la hibridación de tecnologías en el proceso de programación.

    BOE 90/2024, publicado el 12 de abril.

11 de abril de 2024
  • DGSJFP. AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE UNA S.L.L.

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    Resolución de 11 de marzo de 2024. Mediante la escritura cuya calificación ha motivado el presente recurso se elevaron a público los acuerdos de ampliación del objeto social y modificación de los estatutos de una sociedad de responsabilidad limitada laboral, aprobados en junta general por mayoría.  El Registrador suspende la inscripción solicitada porque, a su juicio, conforme al artículo 346 de la LSC, debe constar en la escritura calificada la publicación del acuerdo en el BORM o la manifestación de haberse comunicado tal acuerdo a cada uno de los socios que no hayan votado a favor del acuerdo, así como la declaración de los administradores de que ningún socio ha ejercitado el derecho de separación dentro del plazo establecido o sobre el hecho de que la sociedad, previa autorización de la junta general, ha adquirido las participaciones sociales o acciones de los socios separados, o se ha realizado la reducción del capital social.

    La DGSJFP señala que, debe tenerse en cuenta que, además de las actividades que se han añadido en la determinación estatutaria del objeto social que constituyen meras concreciones o especificaciones del objeto primigenio, se han introducido otras, como el «transporte de mercancías por carretera, agencia de transportes», que indudablemente implican una modificación sustancial del conjunto de actividades que conforman el objeto social por referirse a realidades económicas y jurídicas distintas de aquellas que hasta entonces constituían dicho objeto. La DGSJFP concluye afirmando que concurriendo en el supuesto de hecho la previsión del artículo 346.1.a) de la LSC, no puede llevarse a cabo la inscripción si no se acredita que se ha cumplido lo establecido en los artículos 348 y 349 de la LSC y 206 del RRM.

    La DGSJFP ha acordado desestimar el recurso y confirmar la calificación impugnada.

    BOE 89/2024, publicado el 11 de abril.

  • MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comité antifraude

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    Orden CNU/311/2024, de 4 de abril. Crea y regula el Comité Antifraude del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en proyectos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia -Next Generation UE- en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Deroga la Orden UNI/726/2022, por la que se crea y regula el Comité de Riesgos de Fraude del Ministerio de Universidades en relación con el Plan de medidas antifraude para la gestión de los fondos Next Generation UE.

    BOE 89/2024, publicado el 11 de abril de 2024.

  • DGSJFP. CESE Y NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR ÚNICO DE UNA S.L.

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    Resolución de 19 de marzo de 2024. El Registrador resuelve no practicar la inscripción de una escritura de cese y nombramiento de administrador único de una S.L. porque, según expresa en la calificación, habiendo resultado infructuosa la notificación de tales decisiones del socio único por el sistema de carta certificada con aviso de recibo, al no haber sido entregada la carta a su destinatario por desconocido, dicha notificación debe reintentarse conforme al artículo 202 del Reglamento Notarial y la Resolución de 15 de enero de 2021. Y añade que, al no haber señalado el administrador destinatario de la notificación un domicilio en España, dicha notificación podrá realizarse a través de los medios previstos en el Reglamento 2020/1784, relativo a la notificación de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil, y, en su caso, Convenio de la Haya de 1965 sobre notificación de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil sin perjuicio de poder acudir a otros instrumentos internacionales multilaterales o bilaterales con Francia, lo cual se manifiesta a título de ejemplo.

    La DGSJFP indica que aun cuando no se pueda practicar la notificación conforme a lo establecido en los citados artículos 202 y 203 del Reglamento Notarial, lo cierto es que, según el artículo 111 del RRM no es esa la única vía para notificar el nombramiento de administrador al cesado, pues lo único que exige es que se acredite la «notificación fehaciente del nombramiento al anterior titular, con cargo inscrito, en el domicilio de éste según el Registro», si bien añade que «la notificación quedará cumplimentada y se tendrá por hecha en cualquiera de las formas expresadas en el artículo 202 del Reglamento Notarial». La DGSJFP señala que la referida normativa notarial se limita a regular las notificaciones nacionales o internas. Por ello, en cuanto a la notificación o traslado de documentos a personas con dirección en otro Estado, en el ámbito civil y mercantil, que constituye cooperación jurídica internacional, habrá de aplicarse la normativa específica, en el presente caso, como la notificación fehaciente del nombramiento de administrador debe practicarse en Francia, es aplicable el Reglamento 2020/1784, relativo a la notificación y traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil.

    La DGSJFP ha acordado desestimar el recurso y confirmar la calificación del Registrador.

    BOE 89/2024, publicado el 11 de abril.

10 de abril de 2024
  • PRODUCTOS VITIVINÍCOLAS. Etiquetado, presentación e identificación

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    Real Decreto 252/2024, de 12 de marzo. Modifica el anexo III «Condiciones de utilización de menciones relativas al modo de obtención o a los métodos de elaboración de vinos con denominación de origen o indicación geográfica protegidas (artículo 17)» del Real Decreto 1363/2011, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.

    BOE 88/2024, publicado el 10 de abril.

  • DGSJFP. REGISTROS DE BIENES MUEBLES. Registro internacional de garantías sobre material rodante ferroviario y de garantías sobre equipo aeronáutico

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    Resolución de 4 de abril de 2024. Determina las reglas de actuación de los Registros de Bienes Muebles y aprueba los datos de los formularios de acceso al Registro internacional de garantías sobre material rodante ferroviario y al Registro internacional de garantías sobre equipo aeronáutico. Deroga la Resolución de 29 de febrero de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueban los formularios de acceso al Registro internacional sobre bienes aeronáuticos.

    BOE 88/2024, publicado el 10 de abril.

9 de abril de 2024
8 de abril de 2024
  • SEGURIDAD SOCIAL GESTIÓN INFORMATIZADA. Cuentas anuales de las entidades que integran el sistema

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    Orden HAC/296/2024, de 20 de marzo. Regula el procedimiento telemático de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.

    Deroga la Orden EHA/567/2009, por la que se regula el procedimiento telemático de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.

    BOE 86/2024, publicado el 8 de abril.

3 de abril de 2024
  • SEGURIDAD SOCIAL. Normas legales de cotización 2024. Corrección de erratas

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    Corrección de erratas de la Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo. Advertidas erratas en la inserción de la Orden por la que se modifica la Orden PJC/51/2024, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 77, de fecha 28 de marzo de 2024, se realiza la oportuna rectificación.

    BOE 82/2024, publicado el 3 de abril.

  • TC. GALICIA. DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE. Ley 7/2022 de Medidas Fiscales y Administrativas

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    Auto del Tribunal Constitucional de 27 de febrero de 2024. Mantiene la suspensión del párrafo primero del apartado 1 del artículo 10 (ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia para la reposición de la legalidad en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre) y el apartado 1 de la disposición transitoria primera (aplicación de las previsiones de esta ley en cuanto a la restitución o reposición de la legalidad por infracciones reguladas en la normativa en materia de costas cometidas en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre) de la Ley del Parlamento de Galicia 7/2022, de Medidas Fiscales y Administrativas y levanta la suspensión del resto de preceptos impugnados.

    BOE 82/2024, publicado el 3 de abril.

  • TC. GALICIA. Ley 4/2023 de Ordenación y Gestión Integrada del Litoral

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    Auto del Tribunal Constitucional de 28 de febrero de 2024. Mantiene la suspensión de los artículos 1.2 d) y g) (objeto de la ley); 2.1 y 2.2 (ámbito de aplicación); 11.4 b), 11.5 a) y b) (competencias de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia); 12.5 (competencias de las entidades instrumentales del sector público autonómico); 21.1 d) (sistema integrado); 22.1 y 22.2 a), b), c) y d) (la estrategia de economía azul de Galicia); 23.2 d), g), i) y m) (las directrices de ordenación del litoral); 24.3 c), e) y f) (el plan de ordenación costera); 25.1 a), b), c) y d) (el plan de ordenación marina); 27.3 c) (los planes especiales de las playas); 34.2 a) y b) y 34.3 (usos permitidos en el área de protección ambiental); 35.2 a), b) y c) y 35.3 (usos compatibles en el área de protección ambiental); 36.2 a), b) y c) (usos prohibidos en el área de protección ambiental); 40. 2 y 3 (usos permitidos en el área de mejora ambiental y paisajística); 41.2 a), b), c) y d) y 41.3 (usos compatibles en el área de mejora ambiental y paisajística); 46.2, 46.3 a) y b) y 46.5 (usos en el área de reordenación); 48.1, 3, 4 y 5 (autorizaciones y concesiones del dominio público marítimo-terrestre); 49.1, 2, 3 y 4 (autorización autonómica para usos en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre); 55.2 (usos de la cadena mar-industria alimentaria); 57.3 (red de establecimientos turísticos del litoral); 58.3 (intervenciones sobre el patrimonio cultural del litoral); 59.2 (sostenibilidad económica y social del sector marítimo-pesquero y de la cadena mar-industria alimentaria); 60.3 (dotaciones públicas esenciales para el abastecimiento de poblaciones y el saneamiento y depuración de aguas residuales); 62.5 (resiliencia costera); 64.3 (compatibilidad con los objetivos de calidad y ambientales de las aguas interiores y costeras del litoral de Galicia); disposición final primera (modificación de la Ley 6/2017 de Puertos de Galicia) y disposición final quinta (entrada en vigor) de la Ley 4/2023, de Ordenación y Gestión Integrada del Litoral de Galicia y levanta la suspensión del resto de preceptos impugnados.

    BOE 82/2024, publicado el 3 de abril.

2 de abril de 2024
1 de abril de 2024
  • TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA. NORMAS DE REPARTO. Sala de lo Social

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    Acuerdo de 20 de marzo de 2024. Publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, relativo a la aprobación de las normas de reparto de la Sala de lo Social.

    BOE 80/2024, publicado el 1 de abril.

  • CNMV. DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS

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    Acuerdo de 22 de marzo de 2024. Acuerda delegaciones de competencias a favor del presidente, el vicepresidente, el comité ejecutivo y los directores generales en materia de mercados primarios y secundarios; de informes financieros y corporativos; de sandbox y de accesibilidad de sitios web y aplicaciones; de resolución preventiva de empresas de servicios de inversión; de índices de referencia; de resolución de entidades de contrapartida central; en el ámbito de la Dirección General de Entidades y de la Dirección General del Servicio Jurídico y Secretaría del Consejo; y, otras delegaciones de competencias de carácter general. Deja sin efecto el Acuerdo de 22 de diciembre de 2022 del Consejo de la Comisión Nacional de Mercado de Valores, sobre Delegación de Competencias.

    BOE 80/2024, publicado el 1 de abril.

  • CNMC. INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS. Supervisión de cánones

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    Comunicación 1/2024, de 12 de marzo. La presente comunicación tiene por objeto dar transparencia a los principios que guiarán la actuación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en el análisis de la legalidad de los cánones y recargos por utilización de las líneas ferroviarias integrantes de la red ferroviaria de interés general regulados en los artículos 96.4 y 97.5.3.º de la Ley del Sector Ferroviario, propuestos por el administrador de infraestructuras.

    BOE 80/2024, publicado el 1 de abril.

28 de marzo de 2024
  • SEGURIDAD SOCIAL. Normas legales de cotización 2024

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    Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo. Modifica el artículo 3, el apartado 1 del artículo 14, el apartado 1 del artículo 15, el apartado 1 del artículo 26, el párrafo primero del apartado 1 y los párrafos a) [sic] y b) [sic] del apartado 2 del artículo 31, el apartado 3 del artículo 36, el apartado 1 del artículo 37, los artículos 41, 42 y 44 y los apartados 2 y 3 del artículo 45. Añade un nuevo apartado 6 al artículo 45, todo ello de la Orden PJC/51/2024, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024.

    BOE 77/2024, publicado el 28 de marzo.

  • ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo

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    Real Decreto 247/2024, de 8 de marzo. Aprueba el protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el ámbito de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.

    BOE 77/2024, publicado el 28 de marzo.