Novedades legislativas

9 de junio de 2025
7 de junio de 2025
6 de junio de 2025
  • ENERGÍA NUCLEAR. Responsabilidad civil

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    Instrumento de ratificación del Protocolo común relativo a la aplicación de la Convención de Viena sobre responsabilidad civil por daños nucleares, de 21 de mayo de 1963 y del Convenio de París acerca de la responsabilidad civil en materia de energía nuclear, de 29 de julio de 1960, en su forma enmendada por el Protocolo adicional de 28 de enero de 1964 y por el Protocolo de 16 de noviembre de 1982.

    BOE 136/2025, publicado el 6 de junio.

  • MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA. Oficina de asistencia en materia de registros

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    Orden JUI/579/2025, de 26 de mayo. Crea la Oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Juventud e Infancia.

    BOE 136/2025, publicado el 6 de junio.

  • TS. CONDICIONES DE INCLUSIÓN EN LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS MINISTROS DE CULTO DE LAS IGLESIAS EVANGÉLICAS

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    Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de noviembre de 2017. Declara la nulidad de la disposición que con la numeración de disposición adicional segunda introduce el Real Decreto 839/2015 por el que se modifica el Real Decreto 369/1999, sobre términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los ministros de culto de las iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, en el Real Decreto 369/1999, disposición que declaramos sin valor ni efecto.

    BOE 136/2025, publicado el 6 de junio.

  • TS. TASA POR OCUPACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO DE INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA. San Martín de la Vega

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    Sentencia del Tribunal Supremo de 1 de abril de 2025. Anula el artículo 4 de la referida Ordenanza n.º 15 reguladora de la tasa por el aprovechamiento especial del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos del Ayuntamiento de San Martín de la Vega aprobada por acuerdo del Pleno de 24 de noviembre de 2021 («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» núm. 41 de 18 de febrero de 2022), así como el anexo de tarifas de la misma en cuanto resulte de aplicación al transporte de energía eléctrica

    BOE 136/2025, publicado el 6 de junio.

  • TC. NAVARRA. IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

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    Sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de abril de 2025.  Declara la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 175.2 de la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, en su redacción original, que regula el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y que establece un sistema objetivo y de imperativa aplicación para la determinación de la base imponible del tributo.

    BOE 135/2025, publicado el 5 de junio.

5 de junio de 2025
  • RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. BALEARES. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Simplificación y racionalización sectoriales

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    Recurso de inconstitucionalidad n.º 1843-2025. Admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido contra el artículo 7, apartados 1, 2, 3 y 5, y la disposición derogatoria única, letra d), del Decreto-ley 5/2024, por el que se modifican diversas normas del ordenamiento jurídico de las Illes Balears en materia de espacios naturales, fomento, agricultura, educación, empleo público, turismo, urbanismo y vivienda.

    BOE 135/2025, publicado el 5 de junio.

  • RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. VALENCIA. Ley 5/2024 de Concordia

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    Recurso de inconstitucionalidad n.º 3112-2025. Admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido contra los artículos 1, apartado 3; 2; 3, inciso «las obligaciones establecidas en el artículo segundo y en» del apartado 1 y apartado 5; disposición transitoria segunda y disposición derogatoria única de la Ley 5/2024, de Concordia de la Comunitat Valenciana. Suspende la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –29 de abril de 2025– para las partes del proceso y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

    BOE 135/2025, publicado el 5 de junio.

  • RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD. CONTIGENCIAS MIGRATORIAS EXTRAORDINARIAS. Real Decreto-ley 2/2025 de medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia

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    Recursos de inconstitucionalidad n.º 3124, 3224 y 3318-2025. Admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido contra el Real Decreto-ley 2/2025, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias, y subsidiariamente contra los apartados 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del artículo único, las disposiciones adicionales primera y segunda y las disposiciones finales primera y segunda del citado Real Decreto-ley y el acuerdo de convalidación del citado Real Decreto-ley, adoptado por el Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión de 10 de abril de 2025.

    BOE 135/2025, publicado el 5 de junio.

  • RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. VALENCIA. Ordenación y dinamización de la huerta

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    Recurso de inconstitucionalidad n.º 3276-2025. Admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido contra los artículos 1, 2, 3, 4 y 5, disposición adicional primera y anexos I y II del Decreto-ley 4/2025, de modificación de la Ley 5/2018, de la Huerta de València, y del Decreto 219/2018, por el que se aprueba el Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València.

    BOE 135/2025, publicado el 5 de junio.

  • CONVENIO MULTILATERAL PARA APLICAR LAS MEDIDAS RELACIONADAS CON LOS TRATADOS FISCALES PARA PREVENIR LA EROSIÓN DE LA BASES IMPONIBLES Y EL TRASLADO DE BENEFICIOS

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    Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en Paris el 24 de noviembre de 2016. Notificación de España el 26 de mayo de 2025 al Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) como depositario del Convenio, de conformidad con las disposiciones de su artículo 35.7.

    BOE 135/2025, publicado el 5 de junio.

  • REGISTRO DE SEGURIDAD DE PRESAS Y EMBALSES

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    Orden TED/572/2025, de 26 de mayo. Crea el Registro de Seguridad de Presas y Embalses en el ámbito de la Administración General del Estado, regula su régimen de funcionamiento y establece su contenido mínimo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 363 del Reglamento del dominio público hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986.

    BOE 135/2025, publicado el 5 de junio.

4 de junio de 2025
  • ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

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    Ley Orgánica 2/2025, de 3 de junio. Autoriza la ratificación de cuatro enmiendas al artículo 8.2 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

    BOE 134/2025, publicado el 4 de junio.

  • PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DEL MAR POR VERTIMIENTO DE DESECHOS Y OTRAS MATERIAS

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    Enmiendas de 2022 al Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972, adoptadas en Londres el 7 de octubre de 2022 mediante Resolución LP.6(17). Retirada de los fangos cloacales de los anexos 1 y 2, relativos a la lista y la evaluación de los desechos u otras materias cuyo vertimiento podrá considerarse.

    BOE 134/2025, publicado el 4 de junio.

  • DEMARCACIÓN Y PLANTA JUDICIAL. MINISTERIO FISCAL. Plantillas

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    Real Decreto 422/2025, de 3 de junio. Se dotan nuevas plazas en Secciones de Violencia sobre la Mujer, se crean Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, y se amplía y modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal. Modifica el anexo VI, Tribunales de Instancia, de la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, y los anexos VI y XIII de la Ley 38/1988 de Demarcación y Planta Judicial, en tanto continúen en vigor. Deroga el Real Decreto 1100/2024, por el que se amplía y modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarlas a las necesidades existentes.

    BOE 134/2025, publicado el 4 de junio.

  • SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS. BALONCESTO. Capital social mínimo

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    Resolución de 26 de mayo de 2025. Determina el cálculo al que hace referencia el artículo 3.2.a) del Real Decreto 1251/1999, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, para la competición profesional de baloncesto, en la cantidad de dos millones quinientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y cuatro euros con siete céntimos (2.539.854,07 €).

    BOE 134/2025, publicado el 4 de junio.

3 de junio de 2025
  • DEPÓSITO DE CUENTAS ANUALES. Modelos normalizados

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    Resolución de 26 de mayo de 2025. Modifica los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación a los que se refiere la Resolución de 23 de abril de 2024, junto con la Resolución de 8 de mayo de 2024, ambas de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

    El primer cambio incluye la necesidad de incluir el identificador registral único de la sociedad (código IRUS) que es un número de asignación automático por el sistema, y cuya inclusión proviene de la Orden HAC/646/2024 que modifica la Orden HAC/66/2002 y que incluye este código en el modelo 038 para la relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos. Todo ello tiene su origen en la modificación del apartado 5 del artículo 17 del Código de Comercio, a través de la Ley 11/2023, sobre digitalización de los Registros de la Propiedad Mercantiles y Bienes muebles. Se traspone a través de esta previsión de la ley el artículo 19 de la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del derecho de sociedades.

    El segundo cambio se refiere a incluir el nuevo código de actividad CNAE de 2025. Ante la entrada en vigor Reglamento Delegado (UE) 2023/137, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2, y del Real Decreto 10/2025, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), sobre la nueva tabla de actividades económicas, válida a partir de 2025, se incluye una nueva clave para el CNAE 2025. Para su cumplimentación los modelos electrónicos incorporan una ayuda para que las empresas puedan rellenarlo a partir del CNAE vigente en 2024 (denominado CNAE 2009). La importancia de esta nueva clave viene motivada por 1) la necesidad de que las instituciones encargadas de realizar estadísticas y estudios puedan avanzar en la adaptación a las nuevas tablas que entran en vigor en 2025 y 2) para propiciar que las empresas conozcan la nueva CNAE y puedan conciliar con la previa, verificando además su correcta declaración.

    BOE 133/2025, publicado el 3 de junio.

  • CUENTAS ANUALES CONSOLIDADAS. Modelos

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    Resolución de 26 de mayo de 2025. Modifica los modelos de cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación a los que se refiere la Resolución de 23 de abril de 2024, junto con la Resolución de 8 de mayo de 2024, ambas de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

    El primer cambio incluye la necesidad de incluir el identificador registral único de la sociedad (código IRUS) que es un número de asignación automático por el sistema, y cuya inclusión proviene de la Orden HAC/646/2024 que modifica la Orden HAC/66/2002 y que incluye este código en el modelo 038 para la relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos. Todo ello tiene su origen en la modificación del apartado 5 del artículo 17 del Código de Comercio, a través de la Ley 11/2023 sobre digitalización de los Registros de la Propiedad Mercantiles y Bienes muebles. Se traspone a través de esta previsión de la ley el artículo 19 de la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del derecho de sociedades.

    El segundo cambio se refiere a incluir el nuevo código de actividad CNAE de 2025. Ante la entrada en vigor del Reglamento Delegado (UE) 2023/137, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2, y del Real Decreto 10/2025, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), sobre la nueva tabla de actividades económicas, válida a partir de 2025, se incluye una nueva clave para el CNAE 2025. Para su cumplimentación los modelos electrónicos incorporan una ayuda para que las empresas puedan rellenarlo a partir del CNAE vigente en 2024 (denominado CNAE 2009). La importancia de esta nueva clave viene motivada por 1) la necesidad de que las instituciones encargadas de realizar estadísticas y estudios puedan avanzar en la adaptación a las nuevas tablas que entran en vigor en 2025 y 2) para propiciar que las empresas conozcan la nueva CNAE y puedan conciliar con la previa, verificando además su correcta declaración.

    BOE 133/2025, publicado el 3 de junio.

  • ICO / MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Instrumentación de la «Facilidad para promoción de vivienda social»

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    Resolución de 30 de mayo de 2025. Publica la adenda de modificación al Convenio entre el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, para la instrumentación de la «Facilidad para promoción de vivienda social».

    BOE 133/2025, publicado el 3 de junio.

  • ICO / MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Instrumentación de la «Facilidad para promoción de vivienda social»

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    Resolución de 30 de mayo de 2025. Publica la segunda adenda de modificación al Convenio entre el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, para la instrumentación de la «Facilidad para promoción de vivienda social».

    BOE 133/2025, publicado el 3 de junio.

  • GAS NATURAL. Retribución de las actividades de transporte y distribución para el año 2026

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    Resolución de 27 de mayo de 2025. Establece la retribución para el año de gas 2026 de las empresas que realizan actividades reguladas de plantas de gas natural licuado, de transporte y de distribución de gas natural.

    BOE 133/2025, publicado el 3 de junio.

  • SISTEMA GASISTA. Peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año 2026

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    Resolución de 27 de mayo de 2025. Establece los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2026.

    BOE 133/2025, publicado el 3 de junio.

2 de junio de 2025
  • IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. Plazo de ingreso

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    Resolución de 21 de mayo de 2025. Modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2024 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas.

    BOE 132/2025, publicado el 2 de junio.

  • LICENCIAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Renovación

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    Resolución de 27 de mayo de 2025. Publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de mayo de 2025, por el que se renuevan licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal de ámbito estatal mediante ondas hertzianas terrestres de las que son titulares las sociedades Atresmedia Corporación de Medios Audiovisuales, SA, Grupo Audiovisual Mediaset España Comunicación, SAU, Veo Televisión, SA, y Sociedad Gestora de Televisión Net TV, SA.

    BOE 132/2025, publicado el 2 de junio.

31 de mayo de 2025
30 de mayo de 2025
  • OFICINA TÉCNICA DEL PERTE PARA LA INDUSTRIALIZACIÓN DE LA VIVIENDA

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    Orden VAU/540/2025, de 29 de mayo. Crea la Oficina Técnica del PERTE para la Industrialización de la Vivienda, determina su naturaleza jurídica y dependencia jerárquica, así como sus funciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

    BOE 130/2025, publicado el 30 de mayo.

29 de mayo de 2025
  • IMPUESTO SOBRE EL MARGEN DE INTERESES Y COMISIONES DE DETERMINADAS ENTIDADES FINANCIERAS. Modelos 780 y 781

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    Orden HAC/532/2025, de 26 de mayo. Aprueba el modelo 780 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Autoliquidación» y el modelo 781 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Pago fraccionado» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

    Modifica:

    1. El anexo I de la Orden EHA/2027/2007, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    2. Los anexos I y II de la Orden EHA/1658/2009, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    3. El apartado 2 del artículo 1 de la Orden HAP/2194/2013, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria

    BOE 129/2025, publicado el 29 de mayo.

  • PRODUCTOS PETROLÍFEROS. Obligación de mantenimiento de existencias mínimas

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    Orden TED/533/2025, de 27 de mayo. Restablece la obligación de mantenimiento de existencias estratégicas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos y de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos de los sujetos obligados.

    BOE 129/2025, publicado el 29 de mayo.

  • HIDROCARBUROS. Remisión de información para el cómputo de combustibles líquidos y gaseosos renovables de origen no biológico

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    Resolución de 14 de mayo de 2025. Determina los términos de remisión de información para el cómputo de los combustibles líquidos y gaseosos renovables de origen no biológico, a efectos del objetivo de venta o consumo de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

    BOE 129/2025, publicado el 29 de mayo.

28 de mayo de 2025
  • COEFICIENTES REDUCTORES PARA ANTICIPAR LA JUBILACIÓN EN ACTIVIDADES PENOSAS Y PELIGROSAS

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    Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo. Regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores. Deroga expresamente el Real Decreto 1698/2011, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.

    BOE 128/2025, publicado el 28 de mayo.

  • DIRECCIÓN GENERAL DE DERECHOS CULTURALES. Competencias

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    Real Decreto 403/2025, de 27 de mayo. Reordena las competencias relativas a determinados programas de ayudas o de órganos de cooperación para atribuirlas a la Dirección General de Derechos Culturales, al tiempo que adecua sus normas de funcionamiento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

    Modifica:

    1. El apartado 1 del artículo 1, el apartado 2 del artículo 2 y los artículos 3, 5, 7, 9 y 10 del Real Decreto 1431/2009, por el que se Reorganiza el Consejo Jacobeo.

    2. El artículo 1, los apartados 1 y 3 del artículo 4, el apartado 1 del artículo 8 y el artículo 9 del Real Decreto 172/2010, por el que se regula el Patronato del Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira.

    3. Los apartados 3 y 4 del artículo 7, los apartados 4 y 5 del artículo 10, los apartados 1 y 2 del artículo 13 y el apartado 2 del artículo 15 del Real Decreto 191/2023, por el que se establecen las normas reguladoras del bono cultural joven.

    4. El apartado 1 del artículo 1, el párrafo c) del apartado 4 del artículo 6, el párrafo b) del apartado 2 del artículo 7 y la disposición adicional primera del Real Decreto 323/2024, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

    BOE 128/2025, publicado el 28 de mayo.

  • INTERVENCIÓN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Naturaleza, estructura y funciones

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    Real Decreto 412/2025, de 27 de mayo. Determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social.

    Modifica el título, el quinto párrafo de la parte expositiva, los apartados 2 y 3 del artículo 14 y los apartados 1 y 5 del artículo 16 del Real Decreto 204/2024, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal y las letras e) e i) del artículo 16.2 y las letras a) y e) del apartado 2 del artículo 17 del Real Decreto 1184/2024, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

    Suprime la disposición final tercera del Real Decreto 204/2024, ya mencionado.

    Deroga el Real Decreto 622/1998, por el que se determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social, y los artículos 5 a 7 de la Orden PCM/1337/2021, por la que se crean determinados órganos administrativos en materia de control financiero en la Intervención General de la Seguridad Social.

    BOE 128/2025, publicado el 28 de mayo.

  • COLEGIO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES / INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Consulta de la titularidad real de sociedades

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    Resolución de 19 de mayo de 2025. Publica la adenda de prórroga del Convenio entre el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, para la consulta de la titularidad real de sociedades mercantiles a través del Registro Mercantil.

    BOE 128/2025, publicado el 28 de mayo.

27 de mayo de 2025
26 de mayo de 2025
24 de mayo de 2025
23 de mayo de 2025
  • DGSJFP. PERFECCIONAMIENTO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ACCIONES DE UNA S.L. Anotación preventiva

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    Resolución de 22 de abril de 2025.  El objeto del presente recurso consiste en determinar si se puede practicar en el Registro Mercantil anotación preventiva de una demanda en la que se solicita que se declare que el contrato de compraventa de acciones entre los accionistas vendedores y Zurcal quedó perfeccionado en fecha 29 de julio de 2024 al haberse ejercitado derecho de adquisición preferente reconocido en el artículo 7 de los estatutos sociales de Aciloe. En concreto, la demanda se refiere al 76,67 % del capital social, y el demandante sería titular del 23,33 % restante, por lo que se convertiría en socio único, aunque este último dato sólo resulta del recurso.

    La DGSJFP explica que en el caso que se analiza, se pretende la práctica en el registro de una anotación de demanda, cuyo resultado, aunque fuera estimatorio no podría tener reflejo en el Registro Mercantil. En efecto, la anotación de la demanda, como asiento de eficacia temporal limitada a la duración del procedimiento judicial, presenta, entre otras, la finalidad de dar a conocer la existencia de una demanda cuya estimación podría alterar el contenido registral, con la finalidad de enervar la presunción de buena fe de terceros que confían en lo que publican los asientos del registro. Por ello, semejante presunción sólo será necesaria que sea destruida, cuando el acto impugnado sea susceptible de inscripción. Para la DGSJFP si no existe la posibilidad de obtener un acto inscribible en que pueda fundarse la buena fe del tercero carece de objeto la anotación. Siendo el Registro Mercantil, esencialmente, un registro de personas, para quienes su hoja abierta refleja su historial jurídico, las anotaciones provisionales, como es la de demanda, deberán versar sobre hechos, actos o negocios que sean susceptible de obtener reflejo registral, es decir, en los que la resolución judicial firme, posteriormente recaída, produzca el resultado de incorporar un hecho, acto o negocio susceptible de ser inscribible.

    La DGSJFP ha acordado desestimar el recurso y confirmar la nota de calificación.

    BOE 124/2025, publicado el 23 de mayo.

  • FORMACIÓN PROFESIONAL. Corrección de errores

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    Corrección de errores del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio. Advertidos errores en el Real Decreto por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 174, de 22 de julio de 2023, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones.

    BOE 124/2025, publicado el 23 de mayo.

  • SISTEMA GASISTA. Incentivos del gestor técnico

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    Circular 3/2025, de 16 de mayo. El objetivo principal de esta modificación consiste en la actualización y adaptación de los valores de referencia de los indicadores que miden el desempeño del gestor técnico del sistema gasista, teniendo en cuenta los cambios de los flujos de gas del sistema así como la creciente incertidumbre de la demanda de gas natural en un contexto de transición energética y de descarbonización del sector gasista. Además, introduce la posibilidad de dar un tratamiento al cálculo de los incentivos del gestor técnico del sistema acorde a la coyuntura, ante situaciones sobrevenidas como las ocurridas en años anteriores.

    Modifica los apartados 3 y 4 del artículo 7 y los apartados 4, 5, 7 y 8 del artículo 8. Añade un apartado 2 al artículo 12 renumerando los anteriores apartados 2, 3, 4 y 5 que pasan a ser los nuevos apartados 3, 4, 5 y 6, todo ello de la Circular 6/2021, por la que se establecen los incentivos del gestor técnico del sistema gasista y la afección a su retribución.

    BOE 124/2025, publicado el 23 de mayo.

22 de mayo de 2025
  • TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR FERROCARRIL

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    Texto enmendado del Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID 2025), apéndice C del Convenio relativo a los transportes internacionales por ferrocarril (COTIF), hecho en Berna el 9 de mayo de 1980, con las enmiendas aprobadas por la Comisión de expertos para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril en su 58.ª sesión, celebrada en Berna el 23 de mayo de 2024.

    BOE 123/2025, publicado el 22 de mayo.

  • EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO. Motocicletas y vehículos eléctricos

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    Resolución de 14 de mayo de 2025. Determina los valores medios nacionales de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida en relación con la electricidad consumida por motocicletas y vehículos eléctricos.

    BOE 123/2025, publicado el 22 de mayo.

21 de mayo de 2025
  • PASAPORTE DE SERVICIO

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    Real Decreto 396/2025, de 20 de mayo. Regula el pasaporte de servicio, documento especial de viaje expedido para facilitar a sus titulares el ejercicio de la acción exterior del Estado, en aquellos casos en que no corresponda la expedición de pasaporte diplomático. Deroga el Real Decreto 825/1978, por el que se crea el pasaporte de servicio para el personal de las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero.

    BOE 122/2025, publicado el 21 de mayo.

  • CONSEJERÍAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Estructura

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    Real Decreto 398/2025, de 20 de mayo. Modifica el apartado 2 del artículo 2, el apartado 4 del artículo 11, el apartado 2 del artículo 13, el apartado 2 del artículo 14 y el anexo del Real Decreto 262/2019, por el que se establece la estructura de las Consejerías del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en el exterior y se regula la organización, funciones y provisión de puestos de trabajo y el primer párrafo del apartado 1 de la disposición adicional segunda del Real Decreto 345/2025, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSA) y de su filial Tecnologías y Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSATEC). Añade la letra a bis) en el apartado 3 del artículo 4 y una nueva disposición adicional quinta del Real Decreto 262/2019, ya mencionado.

    BOE 122/2025, publicado el 21 de mayo.

  • DGSJFP. EJECUCIÓN DE PLAN DE REESTRUCTURACIÓN. Anotación preventiva

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    Resolución de 7 de abril de 2025.  El objeto del presente recurso no es propiamente una nota de calificación, ya que no se ha llegado a extender, sino el asiento que ha practicado el Registrador, una anotación preventiva, en lugar de una inscripción, como pretende el recurrente. La documentación que se presenta en el Registro Mercantil comprende cronológicamente los siguientes actos: aprobación del plan de reestructuración por la junta general de una sociedad, homologación judicial de dicho plan (si bien el auto no es firme al existir ocho incidentes de impugnación pendientes de resolución), y acuerdos del consejo de administración de reducción a 0 y aumento del capital social en ejecución del mismo. Dada la notoriedad de la sociedad, y en una reunión previa a la presentación de los documentos, el Registrador ya advirtió del asiento a practicar, y en ese sentido se acompañó de una instancia solicitando la inscripción y en su defecto la anotación.

    La DGSJFP indica que el preámbulo de la Ley 16/2022, de Reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, expresamente señala: «Se introduce, sin embargo, una novedad muy importante en nuestro sistema: el acceso a los registros de los actos de ejecución del plan de reestructuración, incluso aunque no haya adquirido firmeza. Una impugnación del plan no impedirá la inscripción registral de esos actos. El interés en facilitar la inmediatez de la reestructuración en una situación de extraordinaria urgencia ante la inminencia del concurso justifica esta excepción a las reglas generales del derecho registral español. En este sentido, se prevé una modificación de la Ley Hipotecaria para reflejar esta especialidad». La DGSJFP señala que dicho apartado del preámbulo correspondía con el texto del proyecto de ley presentado por el Gobierno para su debate y decisión de las Cortes Generales, que incluía en los artículos 650 de la Ley Concursal y 3 de la Ley Hipotecaria la previsión de la inscripción de los actos de ejecución del plan, aunque el auto de homologación no sea firme. Sin embargo, en la discusión parlamentaria prevaleció la opción de aplicar en este caso las previsiones que contiene la Ley Concursal respecto de los asientos a practicar y, por eso, la redacción definitiva del texto refundido cambia por completo el texto del artículo 650.1, que pasa a decir: «Los actos de ejecución del plan que sean inscribibles en los registros públicos se inscribirán en estos, conforme a la legislación que les sea aplicable». Y, al mismo tiempo, se suprime de la redacción de los artículos 3 y 82 de la Ley Hipotecaria contenida en la disposición final segunda de la Ley 16/2022, el inciso «aunque no sea firme». La DGSJFP concluye que no puede tenerse en cuenta en este caso el texto del preámbulo que no se corresponde con el texto aprobado.

    La DGSJFP desestima el recurso interpuesto y confirmar la procedencia del asiento practicado.

    BOE 122/2025, publicado el 21 de mayo.

  • DGSJFP. DECLARACIÓN DE CESE DE UNIPERSONALIDAD DE UNA S.L

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    Resolución de 8 de abril de 2025. Debe decidirse en este expediente si es o no inscribible una escritura otorgada ante el notario ahora recurrente, por el administrador único de una S.L. quien declaró que, como consecuencia de la compraventa de participaciones sociales formalizada en escritura pública autorizada por el mismo notario el mismo día, la sociedad ha perdido la condición de unipersonal y solicita que se haga constar tal circunstancia en el Registro Mercantil. En la referida escritura de declaración de la pérdida de la unipersonalidad constan los datos de identificación de todos los compradores y la numeración de las participaciones sociales compradas por cada uno de ellos. Y el administrador añade que «se compromete a hacer constar la transmisión de las participaciones sociales reseñada en el expositivo de la presente escritura en el Libro Registro de socios de la sociedad». El Registrador fundamenta su negativa a la inscripción en que no consta que se haya exhibido al notario el libro registro de socios testimonio notarial del mismo o certificación de su contenido.

    La DGSJFP indica que cuando la declaración de unipersonalidad, de cambio de socio único o de la pérdida de aquel carácter se contiene en la misma escritura mediante la que se formaliza la transmisión que lo determina puede aquélla hacerse constar en el Registro si, con dicho instrumento público aparecen satisfechas todas las garantías que se pretende lograr con la base documental a que se refiere el artículo 203.1 del RRM. La DGSJFP afirma que así se ha admitido en casos en los cuales en la misma escritura calificada el administrador único, como órgano competente para la llevanza y custodia del mencionado libro registro de socios, declara que la transmisión de las participaciones ya ha producido el efecto señalado y asume el compromiso de hacerlo constar en aquél, de suerte que está confirmando la regularidad de tal transmisión. Por las anteriores consideraciones debe mantenerse la misma conclusión en un caso como el presente en que la declaración de pérdida del carácter unipersonal de la sociedad no se realiza, por el administrador único, en la misma escritura de transmisión de participaciones sociales del socio único sino en una escritura otorgada ante el mismo notario el mismo día con número anterior de protocolo. Y es que, de concluirse lo contrario, se incurriría en una evidente contradicción de valoración si se tiene en cuenta la finalidad de la referida norma reglamentaria.

    La DGSJFP ha acordado estimar el recurso y revocar la calificación impugnada.

    BOE 122/2025, publicado el 21 de mayo.

20 de mayo de 2025
  • COOPERACIÓN ADUANERA. España / India

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    Acuerdo entre el Reino de España y el Gobierno de la República de la India sobre cooperación y asistencia mutua en materia aduanera, hecho en Vadodara el 28 de octubre de 2024.

    BOE 121/2025, publicado el 20 de mayo.

19 de mayo de 2025
17 de mayo de 2025
  • DGSJFP. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE UNA S.A.

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    Resolución de 25 de marzo de 2025. Mediante escritura de fecha 26 de mayo de 2023, se formaliza la disolución y liquidación simultánea de una S.L. El Registrador basa su oposición a la inscripción de dicha escritura en que, consultada la base de datos de la Agencia Tributaria figura que el CIF de la sociedad fue revocado y, publicada dicha revocación el día 24 de julio de 2020.  El recurrente alega que, como socio, pues la liquidadora es otra persona, ha solicitado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la rehabilitación del número de identificación fiscal, que ha sido contestado por ésta mediante requerimiento dirigido a la propia sociedad para que esta aporte determinada documentación; que el requerimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria no se dirige a quien solicita la rehabilitación del número de identificación fiscal y la única persona que puede cumplimentarlo es la liquidadora, quien, según afirma, se niega a realizar tales gestiones, y que la disposición adicional sexta de la Ley 58/2003, General Tributaria, después de referirse en su cuarto apartado, párrafo tercero, a la nota marginal relativa al cierre registral, añade que, excepcionalmente, se admitirá la realización de los trámites imprescindibles para la cancelación de esa nota marginal, pero esta norma no precisa cómo debe entenderse que, excepcionalmente, se admitirá la realización de tales trámites, si bien puede entenderse que la inscripción de la disolución y liquidación de la sociedad es la excepción a la que se refiere dicha norma, pues la extinción de la sociedad comporta la cancelación de las notas marginales.

    La DGSJFP indica que la a prohibición que impone la disposición adicional sexta de la Ley General Tributaria antes referida es terminante y establece una doble prohibición, de autorización de cualquier instrumento público y de acceso a cualquier registro público. Indica la DGSJFP que ciertamente, la misma disposición adicional sexta, en el párrafo cuarto del apartado 4, establece, que excepcionalmente, se admitirá la realización de los trámites imprescindibles para la cancelación de la nota marginal a la que se refiere el párrafo anterior. Y es también cierto que, como alega el recurrente, esta norma no precisa cuáles son esos trámites que se pueden realizar excepcionalmente. Por ello, pudiera plantearse si cabe autorizar escrituras de disolución y de liquidación de la sociedad en todo caso o, como parece más ajustado a la finalidad de la norma, únicamente cuando se acredite que se ha iniciado el procedimiento de rehabilitación de su número de identificación fiscal ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante la presentación de la correspondiente solicitud que haya sido tramitada por cumplir los requisitos establecidos en el antes transcrito apartado 8 del artículo 147 del Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007. La DGSJFP concluye afirmando que lo que no puede compartir con el recurrente es que la excepción a la que se refiere dicha norma sea la propia inscripción de la disolución y liquidación de la sociedad. Y es que no cabe confundir la cancelación de la nota registral de cierre con la cancelación de todos los asientos registrales de la sociedad que se produce por la extinción de ésta. En definitiva, ante el mandato tan terminante del legislador y la falta de previsión expresa de la excepción a que se refiere el recurrente (a diferencia de lo que ocurre, por ejemplo, con la norma relativa al cierre registral por falta de depósito de cuentas que expresamente deja a salvo de este la disolución de la sociedad) no cabe sino confirmar el criterio del Registrador.

    BOE 119/2025, publicado el 17 de mayo.

  • ACEITES VEGETALES COMESTIBLES. Norma de calidad

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    Real Decreto 351/2025, de 30 de abril. Establece las normas de calidad aplicables a la producción y comercialización de aceites vegetales comestibles, con excepción de los aceites de oliva y de orujo de oliva, regulados por su norma específica. Asimismo, establece las denominaciones, las características y las disposiciones relativas al etiquetado de los aceites regulados por esta norma. Modifica la sección 3.ª del capítulo XVI del Código alimentario español, aprobado por el Decreto 2484/1967. Deroga el Real Decreto 308/1983, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria de aceites vegetales comestibles y sus modificaciones.

    BOE 119/2025, publicado el 17 de mayo.

16 de mayo de 2025
  • INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Sede electrónica

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    Resolución de 30 de abril de 2025. Crea la sede electrónica del organismo autónomo Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el Real Decreto 203/2021, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

    BOE 118/2025, publicado el 16 de mayo.

15 de mayo de 2025
  • MEDIDAS URGENTES COMPLEMENTARIAS ANTE LOS DAÑOS CAUSADOS POR LA DANA. CONCESIÓN DE SUBVENCIONES. Ampliación de plazos

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    Orden CNU/468/2025, de 14 de mayo. Modifica los plazos de concesión de ayudas previstas en el artículo 46 del Real Decreto-ley 8/2024, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la depresión aislada en niveles altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

    BOE 117/2025, publicado el 15 de mayo.

  • TC. CANARIAS. COVID-19. Medidas para el control y gestión

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    Sentencia del Tribunal Constitucional de 9 de abril de 2025. Declara que son inconstitucionales y nulos el inciso «incluyendo el cumplimiento del aislamiento o cuarentena prescritos por un profesional sanitario» del artículo 6.1; el inciso «permanecerá en su domicilio» del artículo 6.2 (deber de cautela y protección); el artículo 12, apartados 1, 2 y 5 (aislamiento y cuarentena); el artículo 14.2, párrafos segundo y tercero (realización de pruebas diagnósticas y vacunación); los artículos 15.7 (realización de cribados); 25.2 (medidas aplicables en el nivel de alerta 1); 26.2 (medidas aplicables en el nivel de alerta 2); 27.2 (medidas aplicables en el nivel de alerta 3) y 28.2 (medidas aplicables en el nivel de alerta 4) del Decreto-ley 11/2021 por el que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia de Covid-19 en Canarias, que habilitan a los órganos autonómicos para la adopción de medidas preventivas y tipifican infracciones en materia de salud.

    BOE 117/2025, publicado el 15 de mayo.

  • TC. MADRID. PROTECCIÓN CONTRA LGTBIFOBIA Y LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE ORIENTACIÓN E IDENTIDAD SEXUAL

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    Sentencia del Tribunal Constitucional de 9 de abril de 2025. Declara la inconstitucionalidad y nulidad del apartado d) del artículo 65 que niega la condición de interesados en los procedimientos administrativos sancionadores y procesos penales a asociaciones y agrupaciones titulares de intereses legítimos colectivos de la Ley 3/2016, de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por el apartado décimo cuarto ter del artículo único de la Ley 18/2023, por la que se modifica la Ley 3/2016.

    BOE 117/2025, publicado el 15 de mayo.

14 de mayo de 2025
13 de mayo de 2025
12 de mayo de 2025
  • ESPECIES SILVESTRES EN RÉGIMEN DE PROTECCIÓN ESPECIAL Y CATÁLOGO DE ESPECIES AMENAZADAS

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    Orden TED/452/2025, de 5 de mayo. Modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, para el desarrollo del listado de especies silvestres en régimen de protección especial y del catálogo español de especies amenazadas y el anexo del Real Decreto 630/2013, por el que se regula el catálogo español de especies exóticas invasoras.

    BOE 114/2025, publicado el 12 de mayo.

  • COMISIÓN BILATERAL GENERALITAT-ESTADO

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    Orden TMD/453/2025, de 5 de mayo. Publica el Reglamento de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, órgano permanente de cooperación previsto en el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, para instrumentar la colaboración mutua en el ejercicio de las respectivas competencias, y la participación de la Generalitat de Catalunya en aquellos supuestos previstos en el estatuto de autonomía de Cataluña.

    BOE 114/2025, publicado el 12 de mayo.