Guerra en Ucrania: perspectiva jurídico-internacional

Araceli Mangas Martín.

2022 Actualidad Jurídica Uría Menéndez, n.º 60


El ataque armado de Rusia a Ucrania constituye una grave violación de la norma que prohíbe del uso de la fuerza entre Estados (art. 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas). No hay ninguna norma de Derecho internacional vigente que habilite a los Estados, sin autorización del Consejo de Seguridad, a llevar a cabo intervenciones “humanitarias” al socaire, cierto o no, de violaciones masivas de derechos humanos. Un Estado agredido, como Ucrania, tiene derecho en su legítima defensa a recabar la ayuda internacional de Estados y organizaciones internacionales como la Unión Europea. Desde la vigencia de la Carta, no se acepta el derecho de conquista para la adquisición de territorios. Sería una contradicción reconocer la vigencia de la norma que prohíbe el uso de la fuerza y, al tiempo, la legalidad de un acto cometido en violación de dicha norma.