La audiencia previa en el despido disciplinario: un nuevo paradigma tras el cambio de doctrina del Tribunal Supremo
2025 Actualidad Jurídica Uría Menéndez, n.º 68
Han transcurrido ya varios meses desde la publicación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de noviembre de 2024, que supuso un giro trascendental en la regulación del despido disciplinario en España al establecer la obligatoriedad de conceder audiencia previa al trabajador antes de ejecutar la extinción contractual por motivos disciplinarios. Este cambio doctrinal, alineado con el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT, refuerza el derecho de defensa del trabajador y obliga a las empresas a replantear sus procedimientos internos, introduciendo una garantía adicional que hasta esa fecha solo era exigible en supuestos muy tasados.
Con cierta perspectiva temporal, el presente artículo analiza, entre otras cuestiones, el alcance y las implicaciones prácticas de esta nueva exigencia, y aborda tanto los fundamentos jurídicos que la sustentan como las principales dudas interpretativas y los retos que ha venido planteando su aplicación en la práctica.