El Tribunal Supremo establece que las empresas no están obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de sus empleados
El Consejo General del Poder Judicial acaba de emitir un comunicado en el que informa de que el Pleno de la Sala IV del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en este sentido.
5 de abril de 2017El Consejo General del Poder Judicial acaba de emitir un comunicado en el que informa de que el Pleno de la Sala IV del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que confirma que las empresas no están obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de su plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral y horarios pactados, y únicamente deben llevar un registro de las horas extraordinarias realizadas, conforme resulta de lo establecido en el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores.