La CNMV y la supervisión de los mercados de valores
Artículo de Luis de Carlos y Mariano Magide publicado en La Gaceta de los Negocios el 2 de octubre de 2004
4 de octubre de 2004Difícilmente puede exagerarse la trascendencia que para nuestro sistema financiero tuvo la creación en 1988 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), a la que se confió en gran medida la garantía del adecuado y efectivo cumplimiento de la ordenación de los mercados de valores. La relevancia de la Comisión no deriva tan sólo de las importantes funciones de supervisión que tiene atribuidas. También de su peculiar configuración institucional, articulada a partir del esquema de las conocidas como Administraciones independientes de supervisión. Esta nota de la independencia se dirige a sustraer la labor de supervisión, no sólo de las presiones y consideraciones políticas, sino también de la influencia de los sujetos supervisados, buscando además evitar la colisión con otros legítimos fines del sector público. De hecho, con el precedente del Consejo de Seguridad Nuclear, la creación de la CNMV constituyó el punto de partida del proceso de consolidación de este modelo organizativo en nuestro país.
Dieciséis años después de su creación, puede afirmarse que la Comisión ha cumplido satisfactoriamente su difícil papel, juicio que cobra especial trascendencia si se tiene en cuenta que en este período los mercados de valores han incrementado muy sustancialmente su importancia en el sistema financiero español. Pero la naturaleza marcadamente dinámica de estos mercados, su elevado grado de internacionalización, su papel central en la economía y su creciente popularización plantean continuamente nuevos retos, no sólo a las instancias comunitarias y nacionales competentes para su ordenación o configuración normativa, sino también al propio organismo supervisor, ya que la aplicación de nuevas normas necesariamente plantea problemas interpretativos y de control que debe afrontar.
En este sentido, y tras el impulso que supuso la Ley Financiera, el Informe Aldama y la Ley de Transparencia, la agenda de la Comisión ha estado principalmente marcada en estos últimos años por el control de la efectiva aplicación de las novedades normativas destinadas a mejorar la transparencia de los mercados de valores y el gobierno de las empresas cotizadas. En el futuro próximo, puede preverse que será la aplicación de las normas internacionales de contabilidad por las empresas cotizadas (obligatoria a partir del próximo 1 de enero) y de las normas nacionales que transpongan las Directivas de OPVs y de OPAs (que deberán entrar en vigor a más tardar el 1 de julio de 2005 y el 20 de mayo de 2006, respectivamente) las que exijan una especial atención de la Comisión.
Pero aparte del reto que para la CNMV plantea la continua renovación del marco regulador, para cuya plena aplicación todavía quedan cosas por hacer, en el horizonte más cercano despuntan temas relativos al propio diseño institucional y a las funciones de la Comisión. Por un lado, la posibilidad de modificar el sistema de designación de los titulares de sus órganos rectores con el fin de consolidar la independencia de la institución. En esta línea, se viene analizando la posible designación parlamentaria de su presidente por una mayoría suficientemente cualificada. Por otro lado, la cada vez mayor integración de los mercados financieros determina la actualidad de un debate que ya viene de atrás: la posibilidad de concentrar en un solo organismo, como ha sucedido en otros países, las funciones de supervisión del sector financiero hoy distribuidas entre la CNMV, el Banco de España y la Dirección General de Seguros.