Nuevo libro de José Massaguer

El título del libro es 'El nuevo Derecho contra la competencia desleal: la directiva 2005/29/CE sobre las Prácticas Comerciales Desleales'

5 de julio de 2006

La monografía de José Massaguer, El Nuevo Derecho contra la Competencia Desleal (La Directiva 2005/29/CE sobre las Prácticas Comerciales Desleales) tiene por objeto el análisis de la recientemente aprobada Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior (“Directiva sobre las prácticas comerciales desleales”).

La Directiva constituye un notable desarrollo de la acción legislativa comunitaria contra la competencia desleal.  El nivel de armonización existente en esta materia distaba de ser satisfactorio por la acción legislativa comunitaria anterior.  Y ello, ciertamente, no puede extrañar, toda vez que sólo se había abordado algunos aspectos, sin duda importantes, pero en todo caso parciales:  en particular, había tratado, con carácter general o transversal, sólo de ciertas prácticas publicitarias (publicidad engañosa y comparativa por medio de la Directiva sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa) y, con carácter sectorial, sólo de la publicidad y comunicaciones comerciales difundidas a través de ciertos medios de comunicación (televisión e Internet por medio de la llamada Directiva sobre televisión sin fronteras y de la Directiva sobre el comercio electrónico) o sólo de las concernientes a la promoción de ciertos productos o servicios (como bebidas alcohólicas, en la propia Directiva sobre televisión sin fronteras, productos del tabaco, en la Directiva sobre publicidad y de patrocinio de los productos del tabaco, o medicamentos, en la Directiva sobre publicidad de medicamentos de uso humano).  E incluso en algunos casos lo había hecho por medio de normas que establecieron una armonización de mínimos, como sucedió en relación con la publicidad engañosa.  No puede extrañar, por ello, que la legislación de los Estados miembros contra la competencia desleal presentara notables diferencias, tanto en su orientación y sistema como en el tratamiento sustantivo de las prácticas.  Diferencias que son ciertamente adecuadas para distorsionar la competencia en el mercado interior y obstaculizar su buen funcionamiento.

A este estado de cosas trata de poner fin la Directiva, cuyo ámbito de aplicación, no obstante, se limita a las prácticas comerciales realizadas por las empresas en sus relaciones con consumidores que perjudiquen directamente sus intereses económicos.  En efecto, la Directiva se integra en la acción legislativa comunitaria en materia de defensa de los consumidores, y así se concreta tanto en su orientación político-legislativa como en su en la construcción y contenido sustantivo de sus normas, que sólo tratan de prácticas comerciales desleales realizadas por las empresas en su relación con los consumidores.  La monografía presta especial atención a las implicaciones que esta aproximación tiene para nuestro ordenamiento, en el que tradicionalmente se ha adoptado una aproximación diversa y se ha preferido la regulación unitaria de la materia.

La Directiva consta de un preámbulo (compuesto por veinticinco considerandos), veintiún artículos y dos anexos.  Sus preceptos se agrupan en cuatro capítulos, dedicados a las disposiciones generales, a las prácticas comerciales desleales, a los códigos de conducta, y a los remedios y sanciones, así como a la modificación de ciertas directivas que versan sobre materia relacionada con la propia Directiva.

En particular, la Directiva establece una prohibición general de las prácticas comerciales desleales (art. 5 de la Directiva), llamada a operar como cláusula general en el ámbito armonizado y a sustituir a las vigentes en las legislaciones internas, desarrollada y concretada para las prácticas comerciales engañosas, que incluyen no sólo las engañosas por acción tradicionales (actos de engaño), sino también la publicidad comparativa, la confusión y algunos supuestos de imitación, sino también las practicas engañosas por omisión, reguladas e términos considerablemente más estrictos que los actualmente vigentes en España (arts. 6 y 7 de la Directiva), y las prácticas comerciales agresivas, hasta ahora carentes de una regulación específica y sistemáticamente unitaria en nuestro ordenamiento (arts. 8 y 9 de la Directiva).  En conjunto, estas disposiciones de la Directiva se separan del régimen vigente en nuestro ordenamiento interno no sólo en aspectos sistemáticos y formales sino también en aspectos sustantivos.  La monografía estudia con detalle el sentido y alcance de las normas de la Directiva, su interpretación más razonable a la luz de los antecedentes y de los objetivos de política legislativa, las diferencias que se aprecian con el tratamiento de las prácticas comerciales desleales entre empresas, las dificultades que puede plantear la diferencia de régimen para las prácticas comerciales desleales frente a consumidores y entre empresas, así como de forma especial los difíciles retos que plantea su transposición al ordenamiento jurídico interno.