Gloria Marín Benítez publica el libro “La relevancia jurídica de la motivación fiscal. Influencia del business purpose en el ordenamiento tributario español”

El libro analiza si la realización de una operación por motivos fiscales es razón suficiente para su calificación como ilícita. Para ello investiga los orígenes de la doctrina del 'business purpose' en los países de common-law y reflexiona sobre la influencia que dicha doctrina tiene en nuestro ordenamiento.

10 de septiembre de 2009

Si en el ordenamiento tributario el principio de irrelevancia jurídica de los motivos y la licitud de la motivación fiscal son lugares comunes, ha de reconocerse que cada vez es mayor la frecuencia con la que se hace depender la licitud de una determinada planificación fiscal a la concurrencia de motivos económicos válidos.

Por ello el libro se marca como objetivo analizar el papel desempeñado por la motivación fiscal en la distinción entre la planificación fiscal lícita y la abusiva, tomando como referencia la doctrina anglosajona del business purpose.  Para ello, previamente, se precisan los perfiles de esta doctrina frente a otras aledañas que también son utilizadas en los países anglosajones para delimitar las móviles fronteras entre la lícita planificación y la elusión fiscal, como las doctrinas de la step o composite transactions, substance over form o tax sham.

Una vez delimitado el contorno de esta doctrina y concluido que realiza un escrutinio subjetivo en los motivos del contribuyente, se indaga en la justificación que se aduce para legimitar un escrutinio que, por ser subjetivo, parece contradecir el principio de irrelevancia jurídica de la motivación fiscal.  Y se comprueba que en los países anglosajones, esta justificación puede encontrarse en la interpretación de las normas aplicadas, en la calificación de los actos y negocios realizados por el contribuyente, o en doctrinas anti-elusorias de carácter general.

Todo ello con el ánimo de enjuiciar cómo la exigencia de motivos económicos válidos está siendo articulada en nuestro ordenamiento y cuál es la relevancia jurídica que en él puede atribuirse a la motivación fiscal.