Obligación de recalcular las vacaciones de los trabajadores a los que se incremente su jornada laboral

Nuevo número de nuestra circular de Derecho Laboral

7 de diciembre de 2015

Las vacaciones ya devengadas, y eventualmente disfrutadas, por un trabajador no deben volverse a calcular en caso de incremento de la jornada laboral del trabajador. Solo procederá un nuevo cálculo para el período durante el cual la jornada laboral se haya incrementado.

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