Cambios en la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia

30 de junio de 2023


El Real Decreto-ley 5/2023, publicado en el BOE de 29 de junio de 2023, además de traer novedades relevantes en materia de modificaciones estructurales o una profunda reforma de la casación civil, contencioso-administrativa, social y penal, introduce algunos cambios en la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia (“LDC”).

Para entender esta reforma, debemos remontarnos al verano de 2020, cuando el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital publicó un borrador de anteproyecto de ley de modificación de la LDC, cuyo objeto era la transposición al ordenamiento español de la Directiva ECN+ y, aprovechando la ocasión, la introducción de otras modificaciones de la LDC. 

Superado el plazo de transposición de la Directiva ECN+, el Gobierno optó por limitar los cambios a los elementos necesarios para cumplir con el mandato de la directiva para lo que utilizó, como ahora, un Real Decreto-ley (el 7/2021). El resto de reformas de calado quedaron para su tramitación, tras la correspondiente convalidación, como proyecto de ley. 

Ahora, ante la imposibilidad de concluir la tramitación del proyecto de ley, el Gobierno ha optado por introducir en el Real Decreto-ley 5/2023 algunas modificaciones, si bien el grueso de la reforma queda pendiente para —esperemos— la próxima legislatura.

Entre las modificaciones que entran en el Real Decreto-ley 5/2023 cabe mencionar principalmente dos:

  • El nuevo apartado 3 del artículo 18 LDC recoge la posibilidad de que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (“CNMC”) colabore con la Comisión Europea en la investigación de incumplimientos del Reglamento (UE) 2022/1925 (más conocido como “DMA” por su denominación en inglés: Digital Markets Act). Debemos recordar que la aplicación del DMA es competencia exclusiva de la Comisión Europea, pero la modificación de la LDC prevé que, mediante trámites de información reservada, la CNMC pueda investigar estas conductas, informando de ello a la Comisión Europea. Para ello, la CNMC podrá enviar requerimientos de información, pero también realizar inspecciones. Si la Comisión Europea iniciara una investigación sobre los mismos hechos, la CNMC se verá privada de continuar la investigación e informará a la Comisión de sus conclusiones. En cualquier caso, pese a que la CNMC no tiene competencia para imponer sanciones bajo el DMA, sí podrá utilizar la información recabada a los efectos de investigar infracciones de la LDC.
  • Se modifican los plazos previstos en el artículo 36 LDC, de manera que se amplía el plazo máximo de resolución en expedientes sancionadores, que pasará de 18 a 24 meses y la segunda fase en procedimientos de control de concentraciones pasará de 2 a 3 meses. Al mismo tiempo, se reduce el plazo del procedimiento de control de concentraciones cuando se notifique utilizando el formulario abreviado, que pasa de 1 mes a 15 días, siempre que se haya cumplido el trámite previo de pre-notificación. Asimismo, se reduce el plazo para que la CNMC responda a consultas formales sobre control de concentraciones, de 3 meses a 1 mes.
  • Además, las empresas investigadas contarán con más plazo para formular alegaciones al pliego de concreción de hechos y la propuesta de resolución de la Dirección de Competencia en expedientes sancionadores, pasando de 15 días a 1 mes. También se establece el contenido mínimo de la propuesta de resolución que, como ya viene haciendo la Dirección de Competencia, tendrá que incluir la propuesta de sanción y la valoración de las pruebas practicadas.

Todas las modificaciones de plazos serán de aplicación a los procedimientos iniciados por la CNMC a partir del día de hoy.

En definitiva, se trata de modificaciones que, por un lado, aclaran cuál será el papel de la CNMC en la aplicación de la DMA, en colaboración con la Comisión Europea y, por otro, racionaliza determinados plazos de instrucción de los procedimientos. No obstante, tendremos que esperar a la próxima legislatura para ver cristalizar otras modificaciones de mayor calado como, por ejemplo, la relativa a los umbrales de notificación y el sistema de settlements.

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