Niños invisibles y apátridas: derecho a la identidad y a la nacionalidad
Los niños que nacen en el curso del trayecto migratorio de sus madres a Europa, por las especiales circunstancias de su nacimiento (ausencia de certificado nacimiento y de su inscripción ante el Registro Civil del país de nacimiento o consular del país de la madre), pueden encontrarse sin identidad y sin nacionalidad reconocidas por ningún Estado con el que tienen vínculo (país de la madre, país de nacimiento y país de residencia —en nuestro caso España—). Se trata de los llamados niños invisibles y apátridas. En España, como país de residencia final, una aplicación estricta y literal de la legislación nacional tampoco permitiría ni la inscripción del nacimiento ni el reconocimiento de la nacionalidad española a esos menores. Sin embargo, las resoluciones judiciales analizadas, en aras del principio del interés superior del menor y de los derechos fundamentales de los niños reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, y sobre la base de una interpretación finalista de las letras c) y d) del artículo 17 del Código Civil, ponen de manifiesto la necesidad de superar esta situación. Postulan el reconocimiento al derecho a la identidad mediante la inscripción del nacimiento en Registro Civil de España, así como el derecho a la nacionalidad española para evitar una situación de apátrida infantil.