La CNMC prohíbe su primera operación e impide que Curium adquiera el Instituto de Radiofarmacia de Barcelona

Alfonso Gutiérrez Hernández, Alberto Pérez Hernández.

07/10/2025 Uría Menéndez (uria.com)


El 6 de octubre de 2025, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (la “CNMC”) ha prohibido la adquisición del Institut de Radiofarmàcia Aplicada de Barcelona, S.L. (“IRAB”) por Curium Pharma Holding Spain, S.L.U. (“Curium”). Como veremos, se trata de una decisión inédita desde la creación de la CNMC en 2013 y de la que existen contados precedentes de sus antecesores.

Los motivos de la inédita decisión de prohibición

Tanto IRAB como Curium operan en el ámbito de la producción y comercialización de radiofármacos. En particular, ambas empresas compiten en el ámbito de la fabricación y comercialización de radiofármacos para la realización de tomografías por emisión de positrones (“PET”).

Tal y como ya advertía la CNMC al iniciar su investigación en profundidad de esta operación (la “segunda fase”), la oferta de estos productos está “muy concentrada” en nuestro país. De hecho, hay solo cuatro operadores en España, de los cuales tres (las partes de la operación y Advanced Accelerator Applications Molecular Imaging Ibérica) son, además, titulares de —o gestionan— ciclotrones en España[1]. La CNMC concluye que la operación daría lugar a cuotas superiores al 80-90 % en determinados radiofármacos PET. La adición de cuota es especialmente significativa en el noreste de España, pues el único ciclotrón de IRAB se encuentra en Barcelona.

Además, el cuarto operador en España, General Electric, subcontrata la fabricación de PET en virtud de contratos Contract Manufacturing Operation (“CMO”). La CNMC concluye que la operación reduciría de tres a dos las opciones para operadores (actuales o potenciales) que necesiten estos servicios de fabricación para comercializar radiofármacos, en especial en el noreste de España.

Por último, la CNMC afirma que la operación agravaría el riesgo de coordinación entre los dos operadores restantes en el noreste de España con ciclotrón. El regulador recuerda que es un mercado con precedentes de colusión y cita para ello su decisión en 2021, si bien esta se encuentra sub iudice (autos de la Audiencia Nacional de 14 de diciembre de 2021, ES:AN:2021:9697A, y de 8 de marzo de 2022, ES:AN:2022:2009A).

Por todo lo anterior, la CNMC concluye que la operación supone un obstáculo al mantenimiento de la competencia efectiva en el mercado español y, concretamente, en Cataluña.

Una decisión excepcional

La decisión de prohibir una concentración no tiene precedentes desde la creación de la CNMC en 2013. El principal motivo es que este organismo dispone de facultades no solo de aceptar compromisos propuestos por las partes para aprobar una operación, sino de imponer por sí misma condiciones a la autorización si lo considera pertinente. Por lo tanto, lo habitual es que las operaciones problemáticas queden sujetas a compromiso o condición, o que incluso se desista de ellas ante la previsión de que la CNMC las prohíba.

En este caso, la CNMC rechazó la viabilidad de ambas opciones. Los compromisos propuestos por Curium habrían consistido en diversos remedios de comportamiento con respecto a la futura operativa de IRAB. Ente otros, se señalan propuestas de continuar fabricando (no comercializando) bajo las mismas condiciones, ofrecer nuevos CMO en condiciones de mercado o mejorar la capacidad de producción del ciclotrón de IRAB. La CNMC los considera insuficientes y “de duración muy limitada”.

En cuanto a las condiciones, la CNMC afirma haber analizado diversas posibilidades en consulta con los operadores afectados, pero que, tras el análisis de todas ellas, “no existe condición viable” que pueda imponerse a Curium para resolver los problemas para la competencia que supone la operación.

Debemos remontarnos casi veinte años atrás para encontrar ejemplos de una postura similar. El Tribunal de Defensa de la Competencia (“TDC”) propuso al Consejo de Ministros prohibir las operaciones de Telefónica / Iberbanda en diciembre de 2005 y de Gas Natural / Endesa en enero de 2006. Más atrás, en 1999, el TDC también propuso la prohibición de la adquisición de control conjunto de Gas Aragón, S.A. por parte de Endesa y Gas Natural, junto con la integración de las autorizaciones administrativas de distribución de gas de MEGASA (grupo Endesa) en el grupo Gas Natural (C-38/99). El Gobierno siguió la recomendación del TDC en el precedente de 1999 y en el de Telefónica / Iberbanda, si bien en el caso Gas Natural / Endesa no siguió la propuesta del TDC y aprobó la operación sujeta a condiciones.

Próximos pasos

La prohibición no es definitiva. Se comunicará al ministro de Economía, Comercio y Empresa, quien decidirá si procede su elevación al Consejo de Ministros, que, en su caso, podrá valorar la operación atendiendo a criterios de interés general distintos de la defensa de la competencia.

La decisión de la CNMC se enmarca en una tendencia más generalizada a analizar más operaciones en profundidad. Así, en los últimos doce meses, la CNMC ha anunciado el paso a segunda fase de otras seis operaciones más (varias en el sector de la salud), lo que supone un incremento notable con respecto a su media histórica.

La nota de prensa no alude explícitamente a otras dos teorías del daño que sí se mencionaban al iniciar la segunda fase de esta operación. Así, se enfatizaba que IRAB es “referencia internacional en la investigación de radiofármacos”, mientras que Curium estaría desarrollando dos nuevos radiofármacos que se solaparían con los de IRAB. Además, se planteaba investigar en profundidad el posible “efecto cartera” que generaría la operación, pues permitiría a Curium completar su ya amplio abanico de radiofármacos en España con presencia en Barcelona.

Será interesante conocer la posición final de la CNMC sobre estas dos cuestiones cuando se publique su decisión de prohibición, una vez que se haya resuelto sobre la confidencialidad de aquellos pasajes que contengan secretos empresariales.

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El ciclotrón es un acelerador de partículas de tipo circular que se usa para la fabricación de radiofármacos PET. La CNMC destaca la importancia de la proximidad geográfica del ciclotrón, dada la reducida vida útil de los radiofármacos.

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