El cambio de paradigma de las acciones colectivas ya está aquí. Arranca el proceso de trasposición de la Directiva europea sobre acciones de representación
10 de enero de 2023
Se avecina un cambio radical en la dinámica y funcionamiento de las acciones colectivas, que pasarán a llamarse acciones de representación. Se podrán ejercitar acciones de cesación y de resarcimiento de daños y perjuicios respecto de cualquier conducta infractora que perjudique los intereses colectivos de los consumidores y usuarios. Para las acciones resarcitorias se crea un proceso especial, que incluye una fase previa de certificación dirigida a verificar las condiciones de viabilidad de la acción (homogeneidad, legitimación, ausencia de óbices procesales y que no es manifiestamente infundada) y determinar la conducta y los consumidores afectados por el resultado de la acción. La regla general es que las acciones de representación afectarán a todos los consumidores, salvo que manifiesten su deseo de desvincularse del proceso colectivo. Si no es posible identificar a todos los consumidores afectados, se condenará al pago de una cantidad a tanto alzado que, en fase de ejecución, será distribuida por un liquidador a los consumidores que justifiquen reunir las condiciones para ser beneficiarios de la condena. Existen otras novedades relevantes, como los acuerdos de resarcimiento, que, tras su homologación judicial, serán vinculantes para los consumidores que no manifiesten su voluntad de desvincularse del acuerdo. Con estas y otras medidas, en definitiva, la futura norma pretende potenciar el ejercicio de acciones de representación y que los consumidores puedan beneficiarse de su estimación.