El Tribunal Supremo avala la reserva del 30 % de vivienda protegida en suelo urbano consolidado en Barcelona y descarta el derecho a una indemnización con carácter general
26 de marzo de 2026
El pasado 5 de febrero, el Tribunal Supremo confirmó la validez de la modificación del Plan General Metropolitano de Barcelona, aprobada en diciembre de 2018, que impone la obligación de destinar el 30 % del techo edificable residencial a vivienda de protección pública (“VPP”) en actuaciones de nueva edificación o gran rehabilitación en suelo urbano consolidado.
La sentencia se pronuncia, en particular, sobre dos cuestiones de especial relevancia para el sector inmobiliario y la práctica urbanística: (i) la posibilidad de imponer reservas de VPP en suelo urbano consolidado, incluso en actuaciones meramente edificatorias; y (ii) la inexistencia, con carácter general, de un derecho a indemnización derivado de esa imposición.