Modificación del Reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo por el Real Decreto 813/2026, de 7 de octubre

15 de octubre de 2026


El pasado 8 de octubre de 2026 se publicó la modificación del Reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo con el objetivo de adaptar el marco reglamentario español a los nuevos riesgos y avances tecnológicos, preparar a España para la próxima evaluación mutua del GAFI y transponer parcialmente la Directiva (UE) 2024/1640. Entre sus principales novedades destacan el refuerzo de las obligaciones de diligencia debida e identificación; la generalización de la obligación de designar representante ante el SEPBLAC; un nuevo régimen de control interno, con políticas específicas de sanciones financieras internacionales; la adaptación del régimen de fundaciones y asociaciones a los estándares del GAFI; y una reorganización institucional del Servicio Ejecutivo de la Comisión.

La norma entrará en vigor el 28 de octubre de 2026, sin perjuicio de los regímenes transitorios previstos para determinadas obligaciones.