El Libro Blanco y la política de competencia en el sector eléctrico

Jaime Folguera Crespo.

Expansión, 28/07/2005


El pasado 26 de julio el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio hizo público el Libro Blanco sobre la reforma del marco regulatorio de la generación eléctrica en España. Este documento, elaborado por el equipo del profesor José Ignacio Pérez Arriaga, recoge un copioso elenco de propuestas al Gobierno orientadas a lograr un aggiornamento del sector eléctrico en nuestro país. La iniciativa debe ser, como todas las de este tipo, bienvenida, en la medida en que aspira a mejorar el funcionamiento de un sector complejo y esencial para la buena marcha de la economía de un país. Como contribución al debate sobre la propuesta, quiero señalar que, a mi juicio, el Libro Blanco contiene algunos puntos que sobre los que pueden manifestarse serias reservas.

A la hora de analizar posibles medidas tendentes a incrementar el grado de competencia en el sector, el Libro Blanco propone algunas soluciones que quizá no sean las más adecuadas. En un artículo publicado esta misma semana en este periódico, el profesor Pérez Arriaga hacía notar que una parte muy significativa del Libro Blanco descansa sobre un presupuesto cuando menos cuestionable: dado que en el sector eléctrico parece manifestarse un fallo en la aplicación de las normas de defensa de la competencia, deben crearse unas normas de competencia específicas para el sector. Para ello, se proponen una serie de medidas que, de hecho, podrían resultar más nocivas para la libre competencia que los presuntos defectos del sistema que pretenden corregir.

El ejemplo más palmario de este tipo de medidas lo constituye la propuesta para sustituir las normas y principios generales de competencia por una regulación de competencia ad hoc para el sector eléctrico, en la que se establezcan límites a la autonomía de los operadores para disponer libremente de su capacidad de generación de electricidad en el mercado mayorista peninsular.

El Libro Blanco pretende justificar esta medida con la afirmación de que las normas existentes de defensa de la competencia no funcionan adecuadamente en el sector eléctrico. Sin embargo, esta aseveración no refleja la realidad. El sector eléctrico, por su naturaleza estratégica, ha sido y es objeto de atención permanente para las autoridades de defensa de la competencia. Es uno de los pocos sectores que, hasta la fecha, ha suscitado una investigación por parte de un organismo de defensa autonómico, el Tribunal Catalán de Defensa de la Competencia. En el ámbito estatal, las empresas del sector están sometidas por parte de las autoridades de competencia a un constante escrutinio que ha fraguado en la incoación de varios expedientes. Por último, el sector está igualmente sometido a la vigilancia de la Comisión Europea, que acaba de iniciar una investigación a escala continental, requiriendo todo tipo de información a las principales empresas del sector en la Unión Europea. De todo ello no cabe sino concluir que, en la actualidad, el Derecho de la Competencia se aplica al sector eléctrico con eficacia y vigor.

Por ello, el establecimiento de límites a los operadores para disponer de su capacidad de producción supone, de hecho, introducir en el mercado una seria distorsión de la competencia de muy negativas consecuencias. En efecto, una medida de este tipo supone la sustitución de los mecanismos naturales del mercado por unos límites artificiales y fijados de antemano que no responden a las necesidades efectivas y puntuales del mercado.

Debe tenerse en cuenta, además, que el Ministerio de Economía y Hacienda ha anunciado recientemente una inminente reforma en profundidad del sistema de defensa de la competencia en España, para ajustar los mecanismos nacionales a los de la Unión Europea. A través de esta reforma se aspira a otorgar a los órganos encargados de velar por el mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados de una mayor capacidad de actuación. Se pretende mejorar sustancialmente la eficiencia instructora y decisoria de los órganos de defensa de la competencia estatales, reduciendo la duración de los procedimientos e incrementando la eficacia general del sistema. En este entorno, pretender subsanar los posibles defectos del sistema español de defensa de la competencia a través de una regulación sectorial específica resulta redundante e introduce un elemento de distorsión y de mayor complejidad en funcionamiento del mercado eléctrico.

No puede admitirse la constitución de una excepción al régimen general de defensa de la competencia que convierta al sector eléctrico en un islote normativo, al margen de los mecanismos de la libre competencia que impulsan a las empresas a crecer y desarrollarse. La coherencia del sistema exige respetar al máximo el funcionamiento natural de las fuerzas del mercado, eliminando cualquier tutela estatal que no sea estrictamente imprescindible.

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