Novedades fiscales en sucesiones y donaciones - Comunidad de Madrid

1 de julio de 2025


En el siguiente documento se detallan las medidas fiscales introducidas por la Ley 2/2025, de 25 de junio, que modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado (en adelante, la “Ley”). La norma fue publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 27 de junio de 2025 y las medidas entrarán en vigor el 1 de julio de 2025.

En particular, respecto de herencias y donaciones sujetas a tributación bajo la normativa aplicable en la Comunidad de Madrid:

  • Las herencias y donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos podrán beneficiarse de una bonificación del 50 %.
  • Las donaciones inferiores a 1000 euros estarán bonificadas al 100 % y no deberán declararse.
  • Las donaciones inferiores a 10.000 euros podrán beneficiarse de las bonificaciones prevista en la normativa autonómica sin necesidad de que sean formalizadas en escritura pública.

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Teresa Morales Gil

Teresa Morales Gil
Colegiada n.º 127168 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Tributario teresa.morales@uria.com +34915860400