La presunción de interés casacional objetivo como medio para garantizar el derecho al reexamen jurisdiccional ante la imposición de sanciones de carácter penal en el ámbito contencioso-administrativo

Bárbara Fernández Cobo, Almudena Ruiz de las Heras.

2022 Actualidad Jurídica Uría Menéndez, n.º 58


Conforme al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, las sanciones administrativas de naturaleza penal tienen derecho a ser “examinada[s] por un órgano jurisdiccional superior” bajo el artículo 2 del Protocolo núm. 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

Ello implica que, en el caso de sentencias dictadas en única instancia por la Audiencia Nacional o Tribunales Superiores de Justicia, el Tribunal Supremo debería convertirse en el órgano que reexamine dichas sentencias Actualidad Jurídica Uría Menéndez, 58, enero-abril de 2022, pp. 87-102 88 Artículos a través de la admisión del recurso de casación. Para ello, la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo reconoce una suerte de presunción de interés casacional objetivo adicional para estos casos, si bien sin determinar la admisión del recurso de casación.

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