Sobre la desjudicialización de la justicia civil

Ignacio Díez-Picazo.

2023 Actualidad Jurídica Uría Menéndez, n.º 63


La necesidad de desjudicialización de la justicia civil se ha convertido en un mito, en un axioma. Se trata más bien de una política que debe ser abordada con ciertas cautelas o prevenciones. Debe precisare con claridad cuál es el fin primordial de cada medida: descongestionar los tribunales; eficiencia de costes y tiempo; evitar la controversia. El exceso de litigiosidad se maneja como un tópico que conviene cuando menos poner en cuestión. Los MASC no deben incurrir en formalismos ni hiperregulación. Son preferibles las políticas basadas en incentivos voluntarios (nudges). Debe criticarse la administrativización de controversias civiles, que puede considerarse inconstitucional. Los mismos fines que se pretenden lograr con medidas de desjudicialización se pueden lograr también por otras vías.