El TJUE anula la decisión de la Comisión Europea en el asunto Fiat y aclara el requisito de selectividad en casos de tax rulings sobre impuestos no armonizados

14 de noviembre de 2022


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anula una sentencia del Tribunal General y una decisión de la Comisión que consideraban que el tax ruling emitido a Fiat constituía una ayuda de Estado incompatible con el mercado interior, por entender que la Comisión erró al analizar el requisito de ventaja selectiva de la ayuda. El criterio de selectividad requiere determinar si la medida constituye una excepción al régimen fiscal nacional “normal” o si, de facto, generadiscriminación. Para medidas relativas a impuestos en materias no armonizadas, como el tax ruling de Fiat, la identificación del régimen fiscal “normal” debe basarse exclusivamente en la normativa fiscal nacional. La Comisión ignoró las normas fiscales nacionales y definió de forma autónoma lo que ella consideraba que debería ser la imposición “normal”, en atención al principio fiscal de libre competencia (arm’s length) establecido en directrices de la OCDE para determinar los precios de transferencia, aunque la normativa luxemburguesa lo recogía de forma distinta. Sin embargo, la Comisión carecía de competencia para realizar dicha interpretación autónoma.