El nuevo convenio tras la reforma concursal. ¿Una alternativa para la reestructuración?

Javier Rubio Sanz.

2022 Actualidad Jurídica Uría Menéndez, n.º 59


El legislador de 2003 tuvo una gran confianza en el convenio de acreedores como medida de reestructuración de las deudas y salvamento del negocio dentro del nuevo procedimiento concursal. La crisis financiera que comenzó en 2008 demostró que el uso del convenio no atendió esas expectativas. Cuando el legislador ofreció la posibilidad de homologar judicialmente un acuerdo de refinanciación para implantar la reestructuración de las deudas fuera del concurso, el convenio devino prácticamente irrelevante. La reciente reforma de la legislación concursal potencia todavía más la reestructuración extraconcursal, pero introduce, a su vez, una serie de reformas de la fase de convenio que, como se expondrá en este artículo, deberían solventar muchos de los problemas que impedían el uso del convenio concursal como un mecanismo de reestructuración eficiente y eficaz, permitiendo incluso que se convierta en una verdadera alternativa real a los nuevos planes de reestructuración preconcursales en determinadas circunstancias.

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